Segregación parcela
Tengo una parcela de casi 1000 m2 en una urbanización que da a dos calles, a la calle principal tiene de fachada 36 ml y a la otra 31 ml.
En esta urbanización tanto en la primera parcelación como en las sucesivas siempre se contemplaba en el POUM, una parcela mínima de 600 m2 y en el 1er proyecto de la urbanización se contemplaban, parcelas de grandes dimensiones, entre 1000 y 2000 m2, en las reparcelaciones en alguna zona se contemplaba la parcela mínima de 800 m2, en otras zonas se proyectaron viviendas adosadas y así hasta estos momentos, en que quedan muy pocas parcelas por edificar como es mi caso.
La categoría del suelo en la zona de la parcela, actualmente esta calificada como "Ciudad Jardín Unifamiliar, clave 17.a2, cuyas características son: parcela mínima 600m2, fachada 16 ml, edificación neta 0.5 m2st/m2s, Alzada 7.5 m. - En la misma urbanización en otras zonas, existe la clave 17.a1 que tiene: parcela mínima 400 m2, fachada 14 ml, edificación neta 0.5m2st/m2s, alzada 7.5 m
Solicitado el certificado de aprovechamiento urbanístico, la respuesta es que solo puedo construir una vivienda unifamiliar, que con el coeficiente de edficación puedo construir una mansión entre sótano, planta y piso de unos 700 m2, mientras que si segrego, puedo constrir dos casas entre sótano, planta y piso de unos 300 m2 que ya es una muy buena casa.
Ante esta situación he realizado un estudio de las parcelas contruidas o por construir, de las calles que exceptuando los adosados, representan el 70 % de lo construible y cual es mi sorpresa que: 22 parcelas que representan el 26.5% de estas calles no llegan a los 400 m2 (es decir ni siquiera reúnen las condiciones de la clave 17. A1), 32 parcelas que representan el 38.55 %, están entre los 401 m2 y los 600 m2 ( es decir no reúnen las condiciones de la clave 17. A2), 29 parcelas que representan el 34.93 %, tienen entre 601 m2 y 800m2 (que serien las que están dentro de lo legal), 10 parcelas que tienen más de 800 m2, lo que significa que 54 parcelas que suponen el 65.05 % han sido o serán construidas sin respectar ni el poum, ni la ley, ni nada. Y solo las 39 parcelas que representan el 34.95% están o están contruidas legalmente.
Hablando con la jurista del Ayuntamiento, me dijo que el ayuntamiento denegaría la segregación, pero me dejo entrever que yo podía entablar un contencioso con el ayuntamiento y que con un poco de suerte en 6 u 8 años podría obtener una sentencia favorable
Si solicito la segregación y me la conceden, tendría 2 parcelas de más de 450 m2 cada una y con una fachada de 18 ml cada una y serían parcelas superiores a las 22 que no llegan a los 400 m2. Y estará entre las 54 parcelas que suponen el 65.05 %.
Me gustaría conocer la opinión de un experto en la materia, antes de proceder a pedir la segregación, para a ser posible evitar perdida de tiempo y dinero.
En esta urbanización tanto en la primera parcelación como en las sucesivas siempre se contemplaba en el POUM, una parcela mínima de 600 m2 y en el 1er proyecto de la urbanización se contemplaban, parcelas de grandes dimensiones, entre 1000 y 2000 m2, en las reparcelaciones en alguna zona se contemplaba la parcela mínima de 800 m2, en otras zonas se proyectaron viviendas adosadas y así hasta estos momentos, en que quedan muy pocas parcelas por edificar como es mi caso.
La categoría del suelo en la zona de la parcela, actualmente esta calificada como "Ciudad Jardín Unifamiliar, clave 17.a2, cuyas características son: parcela mínima 600m2, fachada 16 ml, edificación neta 0.5 m2st/m2s, Alzada 7.5 m. - En la misma urbanización en otras zonas, existe la clave 17.a1 que tiene: parcela mínima 400 m2, fachada 14 ml, edificación neta 0.5m2st/m2s, alzada 7.5 m
Solicitado el certificado de aprovechamiento urbanístico, la respuesta es que solo puedo construir una vivienda unifamiliar, que con el coeficiente de edficación puedo construir una mansión entre sótano, planta y piso de unos 700 m2, mientras que si segrego, puedo constrir dos casas entre sótano, planta y piso de unos 300 m2 que ya es una muy buena casa.
Ante esta situación he realizado un estudio de las parcelas contruidas o por construir, de las calles que exceptuando los adosados, representan el 70 % de lo construible y cual es mi sorpresa que: 22 parcelas que representan el 26.5% de estas calles no llegan a los 400 m2 (es decir ni siquiera reúnen las condiciones de la clave 17. A1), 32 parcelas que representan el 38.55 %, están entre los 401 m2 y los 600 m2 ( es decir no reúnen las condiciones de la clave 17. A2), 29 parcelas que representan el 34.93 %, tienen entre 601 m2 y 800m2 (que serien las que están dentro de lo legal), 10 parcelas que tienen más de 800 m2, lo que significa que 54 parcelas que suponen el 65.05 % han sido o serán construidas sin respectar ni el poum, ni la ley, ni nada. Y solo las 39 parcelas que representan el 34.95% están o están contruidas legalmente.
Hablando con la jurista del Ayuntamiento, me dijo que el ayuntamiento denegaría la segregación, pero me dejo entrever que yo podía entablar un contencioso con el ayuntamiento y que con un poco de suerte en 6 u 8 años podría obtener una sentencia favorable
Si solicito la segregación y me la conceden, tendría 2 parcelas de más de 450 m2 cada una y con una fachada de 18 ml cada una y serían parcelas superiores a las 22 que no llegan a los 400 m2. Y estará entre las 54 parcelas que suponen el 65.05 %.
Me gustaría conocer la opinión de un experto en la materia, antes de proceder a pedir la segregación, para a ser posible evitar perdida de tiempo y dinero.
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