Iluminación artificial de una guardería

Me gustaría me ayudases en una duda que tengo. Estoy adecuando un local para una guardería infantil. Las aulas son de unos 35m2 cada una y necesito saber cual es la iluminación que estoy obligada a poner en cada una. ¿Si pongo estancas, cuantas debería poner y de cuantos watios cada una? Y con respecto a las luces de emergencia, ¿se exige algunos lúmenes en concreto?. La guardería esta en Cádiz y no se si la normativa vigente seria autonómica o estatal.

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La normativa eléctrica de baja tensión actual, no hace ninguna referencia especifica sobre guarderías. Estas están incluidas en la misma por el tipo de local y el uso al que esta destinado.
Es decir, la cantidad y tipo de iluminación, la cantidad y ubicación de las luces de emergencia, el tipo de ventilación y demás características de seguridad e higiene a tener en cuenta, están expresadas y catalgadas dentro del apartado de locales de publica concurrencia y en cuanto a la iluminación dice lo siguiente:
El aticulo ITC BT28 De la REBT clasifica las guarderias dentro del apartado de clase "Local de reunión" Y este a su vez incluye a las guarderias dentro del epigrafe de seguridad "BD4" que hace referencia a las condiciones de evacuacion en caso de peligro. (Es logico contando que hay niños pequeños que no reaccionaran en absoluto ante una alarma o emergencia)
Sabiendo esto llegamos a lo siguiente:
En tu Guardería debes poner alumbrado de emergencia de la manera siguiente y siempre según normativa eléctrica de baja tensión REBT 2002.
Debe actuar automáticamente cuando falle el suministro normal o este sea inferior al 70% inferior a su valor nominal.
Debe tener una fuente propia de energía.
Debe iuminar las rutas de evacuación garantizando 5 lux a nivel del suelo y en el eje de los pasillos hasta 2 metros de altura.
Se deben colocar en los siguientes puntos:
En WC generales.
En los cuadros eléctricos.
En las salidas de emergencia y señales de seguridad.
En los cambios de dirección de ruta.
En la intersección de pasillos.
Junto a las escaleras.
En los cambios de nivel.
Junto a los elementos de extinción de incendios.
En cuanto a la iluminación ordinaria, los apartados de la normativa en los cuales esta incluido tu negocio solo dice los siguiente:
Artículo 7. La iluminación artificial será uniforme, mediante sistemas que no produzcan gases, humos ni calor excesivo, y sin emplear bombillas o tubos de neón desnudos, globos, pantallas, ni lámparas de pie o de mesita. El sistema ideal es el de tubos de neón protegidos.
A parte de todo esto cada comunidad autónoma tiene disposiciones propias que se suman a las generales, que por otro lado suelen ser casi iguales. De todas formas localiza la delegación de industria de tu comunidad y pídeles las disposiciones sobre locales de publica concurrencia de clase DB4, te las deberían dar gratis.
Si tienes algún problema añadido al respecto y me lo quieres comentar entra en www.agroelectric.es
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Para el cálculo lumínico de un local intervienen varios factores pero para un acabado normal del local, y una altura libre del aula de 2,5 m, y con las dimensiones indicadas me salen 6 luminarias fluorescentes de 2x36 W con difusor.
Esto te proporciona un nivel de iluminación de 250 lux en el plano de trabajo, que es lo recomendado por la norma DIN 5.035 y cumple además el CTE DB SU 4 (seguridad frente al riesgo de iluminación inadecuada, con un mínimo de 75 lux en el plano del suelo).
En cuanto a la iluminación de emergencia cualquier módulo que compres estará homologado y emitirá en caso de entrada en servicio 5 lúmenes/m2 o 5 W/m2.
La posición y características de las luces de emergencia cumplirán las siguientes condiciones: Estarán al menos a 2 m sobre el nivel del suelo, se dispondrá una en cada puerta de salida y en donde sea necesario destacar un peligro potencial o un equipo de seguridad, cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos.
En cuanto a la normativa, le afectan como dices las estatales, CTE, NBE, autonómicas y además locales. Si necesitas Licencia de Apertura el técnico que te redacte el proyecto contemplará todas estas cosas.
Yo creía que lo que se exigía según la normativa vigente eran 500 lux y no 250 lux. Eso es lo que he visto en un documento de la Junta de Andalucia. La verdad es que me pierdo. El electricista me dijo que pusiera mejor "down lights", redondos empotrados en el techo de dos lámparas. Me dijo que tenia suficiente con 6 de estas y serian de 26W.
Con respecto a las luces de emergencia, la situación de cada una esta claro porque se refleja en el proyecto básico de ejecución. Lo único que no entiendo es que el electricista me dijo que debían tener 3000 lúmenes cada una y casualmente son las más caras, lo que me hace sospechar.
Dudo de todos, la verdad, me han engañado y temo que vuelvan a hacerlo y sea tarde para hacer nada. Es por eso que te pregunto sobre todo esto, para tener una segunda opinión de un experto.
La normativa sobre iluminación que te hacía referencia en una norma DIN que es alemana y no deja de ser una recomendación (no es por lo tanto de obligado cumplimiento), cosa aparte es que cada comunidad autónoma tenga una legislación específica, lo cual como comprenderás es complicado de saber de antemano.
Rebuscando la normativa andaluza creo que has consultado la ORDEN de 24 de enero de 2003, pero esta normativa regula los centros docentes en infantil, primaria, secundaria, etc, pero no está dentro de su ámbito las guarderías (0-3 años), aunque puede que no sea esta la normativa, si hubiera otra e indica 500 pues habrá que poner eso.
Los downs ligths son lámparas de bajo consumo, más caras, pero con igual rendimiento lumínico, yo te indicaba algo "normal" que son luminarias empotrables en falsos techos de placas, en esto hay todo un mundo de tipos de luminarias.
En lo referente al alumbrado de emergencia he estadomirando en varios catálogos y las de más alta gama tienen un flujo de 800 lm, en tu caso 3.000 lm lo veo excesivo y más para las dimensiones del local. Para que te hagas una idea un tubo fluorescente de 36 W tiene un flujo de 2.500 lm. Con el alumbrado de emergencia no se persigue tener más iluminación que con el alumbrado convencional, sólo es para poder salir sin riesgo del local, así que lo veo desproporcionado, pero el cliente tiene la última palabra.

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