Obtención de calificación ambiental de carnicería

Estoy redactando la documentación para la obtención de la licencia de apertura de una carnicería en una población de la provincia de Cádiz.
El reglamento que tenemos es el 297/1995, que aunque hace referencia a la ley 7/1994 ya obsoleta, es el que hay. En el se indica la documentación a aportar para la obtención de la calificación ambiental.
En la documentación indicada debo incluir los riesgos ambientales previsibles y las medidas correctoras, en relación como mínimo a 5puntos como son:
-Ruidos y vibrraciones,
-Emisiones a la atmósfera,
- Utilización de agua y vertidos,
-Generación, almacenamiento y eliminación de residuos,
-Almacenamiento de productos.
Todo esto está muy bien pero ahí va mi pregunta, ¿en qué normativa puedo consultar los limites o parámetros asociados cada uno de estos riesgos ambientales? Y ¿Qué riesgos hay en una carnicería?
Estoy un poco perdido, a ver si me podéis ayudar.

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La ley que sustituye a la 7/1994 es la 7/2007 (Ley Integrada de Calidad Ambiental), pero en estos puntos es lo mismo, a ver si te doy algo de luz:
Se trata de evaluar con tu actividad que no se produzcan una serie de molestias, en el ejercicio de tu actividad. Entonces tendrás que responder a esas cuestiones teniendo en cuenta la maquinaria que vas a instalar en el local.
- Ruidos y vibraciones: Si p.e. no tienes maquinarias que produzcan vibraciones lo tendrás que indicar y si la producen a pequeña escala indicar que tienen unos soportes antivibraciones. Para el tema del ruido te debes basar en las normas CTE DB HR y en el Decreto 326/2003 (Junta Andalucía), donde se fijan los límites de ruido permitido por horarios de actividad y zona donde se ubica el local. Entonces calculas el ruido producido en tu actividad, le restas el aislamiento que absorbe la fachada, forjados, etc (independientemente) y ves el ruido emitido al exterior, si es inferior al que te marca el decreto pues cumples dicho parámetro.
- Emisiones: Indicar que por el tipo de actividad no se emiten gases a la atmósfera (piensa que esta norma sirve lo mismo para un bar que para una cementera).
- Utilización de agua: Indicar que el agua es de la red municipal, por lo tanto potable. El vertido se efectúa a través de la red de sanemiento del local la cual vierte en la del edificio y ésta en la general. Indicar que no son vertidos tóxicos ni peligrosos, sencillamente el agua de limpiar el local y del aseo (si lo tiene) y lavamanos.
- Generación residuos: Los residuos producidos son los propios de la actividad (restos orgánicos), los cuales se almacenan en cubos y son vertidos en los contenedores municipales para su retirada, en las horas establecidas. Se almacenan durante la jornada laboral y se retira al final del día.
- Almacenamiento productos: Pues indicar que estos se almacenan en cámaras, frigoríficos, congeladores, etc y no son productos peligrosos para el medio ambiente.
En fin se trata de intentar justificar lo mejor posible la actividad, indicando que no existen productos contaminantes ni nocivos par el medio ambiente.
Uff que lote de escribir.

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