Suelo laminado

Voy a abrir un comercio de alimentación y me dicen que el suelo de la zona de publico debe ser antideslizante clase 2 según el código técnico de edificación (resultado antideslizante entre 35 y 45) pero en todos los almacenes a los que he ido a preguntar me dicen que nunca les pidieron algo así, e incluso en la ficha técnica el apartado antideslizante esta en blanco ¿a qué se debe? ¿Son todos los laminados antideslizantes o ninguno? Y otra pregunta, En el comercio la única manipulación de alimentos sera el corte de queso en cuñas, y el jamón curado en cortafiambres. ¿Es necesario azulejar en la zona de trabajo? ¿Y hasta que altura? Es que he visto en grandes centros comerciales que solo azulejan hasta la mitad, y eso en soná de carnicería, que entiendo debería ser más restrictivo. Un saludo.

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Las características de los laminados varían entre los diferentes fabricantes y modelos, por lo que no todos son iguales. En cuanto a los valores de resbaladicidad, cada vez más fabricantes realizarán el ensayo (en pavimentos cerámicos ya hay bastantes) con lo que podrán certificarle un valor que cumpla suficientemente lo exigido.
De no obtener el valor por parte del fabricante (quizá pueda obtenerlo consultando con el departamento técnico del fabricante), y ser necesario acreditarlo, debería realizar el ensayo descrito en la norma (puede consultar la descripción del mismo en http://www.tecnopavimento.org/tecnopavimento/12-2c-Requisitos-Principales-d.280.0.html).
Respecto a la zona de manipulación de alimentos, la obligación no es de azulejar (puede poner otros materiales que cumplan las características sanitarias exigibles) y en la zona afectada (la zona de trabajo en su caso)

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