¿Puedo instalar una yurta en suelo rústico en Cataluña?
Tengo un terreno agrícola de unos 6.000 m2 en un pueblo de Tarragona y me gustaría saber si podría instalar una yurta, la típica casa mongol. Si necesito algún tipo de licencia, proyecto,...
Respuesta de Cesar Fos
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Cesar Fos, Equipo multidisciplinar dedicado a la gestión integral del...
En primer lugar debes tener en cuenta que todo dependerá de las normas urbanísticas de tu municipio, ya que la Ley del suelo, en principio si te lo permite. Aproximadamente puedes construir 10m² por cada 1000m² aprox según ésta Ley. Las normas de tu municipio son las que acabarán concretando la superficie. Necesitas un proyecto de ejecución (o de legalización si lo haces a las bravas), en el que se definirán diferentes aspectos como la evacuación de aguas fecales, suministro de agua potable y evacuación de residuos sólidos urbanos de una manera un poco más detallada que en un chalet por ejemplo, pues ya no dependerán de los servicios municipales, y el resto como un proyecto normal. No obstante, serán las normas concretas de tu municipio las que te dirán la superficie mínima y máxima del mismo, así como su viabilidad. Por otro lado, éstas normas puede ser que indiquen algún tipo de formalidad o aspecto exterior de las construcciones. No es lo habitual, normalmente puedes construirla con forma de casa mongola, pirenaica o lo que quieras, pero si existe algún tipo de norma de estilo, puede ser que tu idea de yurta no sea viable. Además, en caso de que esos metros de parcela lo constituyan varias (p.e. Parcela 114-a y 117-7) es posible que tu municipio te exija su vinculación. Es un documentillo estilo declaración jurada en la mayoría de los casos. Pero bueno, a priori, tu idea parece posible, pero debes acercarte a tu ayuntamiento y hablar con urbanismo, que son los que al final te van a decir si se puede o no, y el resto de pormenores de espacios, superficies, etc, te los afinará el técnico que debes contratar. Espero haberte servido de ayuda y pasa unas buenas fiestas. Un saludo P.S.: No olvides cerrar la pregunta. Cesar Fos www.cesarfos.webs.tl