Modificación pared estructural

He reformado mi vivienda en la provincia de Bcn, un ático. Contraté los servicios de la reforma a una empresa "profesional" explicándoles que la reforma seria integral y que se tenia que eliminar una pared estructural para unir dos estancias. La empresa de reformas encargó un proyecto técnico a un estudio de arquitectura. A la hora de otorgar la licencia de obras el ayuntamiento rechazo el proyecto por esa eliminación de pared. La solución que me dieron esta empresa de reformas era no eliminarla pero sí modificarla creando un paso mas ancho y colocando una viga calculando el peso que tenia que soportar. Que lo habían hablado con el arquitecto técnico y se podría hacer. El arquitecto presenta una modificación al ayuntamiento y se concede una licencia de obra mediana. Se realiza la obra. Se hace efectivo el pago y me entregan la copia del proyecto técnico entregado y visado por el ayuntamiento y ... Sorpresa! Encuentro que el plano entregado y aprobado por el ayuntamiento está la pared estructural sin modificar y haciendo constar en el proyecto "obra sin intervenir elementos estructurales".Mi pregunta és... ¿si tengo una inspección y me "denuncia" el ayuntamiento por la irregularidad que pasaría? ¿És una infracción administrativa de que cantidad? ¿Dónde puedo encontrar la normativa urbanística que regula esto? ¿En tal caso que el ayuntamiento me denuncie puedo pedir responsabilidades ya sea a la empresa constructora y al arquitecto técnico?

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Un arquitecto técnico no puede firmar ningún tipo de proyecto que lleve consigo tocar una estructura. No están cualificados para ello. El proyecto lo tenía que haber firmado un arquitecto superior. Por eso le dieron una licencia de obra menor ( mediana dice usted )

Entiendo que le han engañado. Siento decirlo.

Con respecto a la inspección, será muy raro si nadie le demanda con motivo de la obra.

No se trata de una normativa urbanística la que debe buscar, es un conflicto de competencia profesional.

Entiendo que, en todo caso, lo último que puede pasar es que tenga que contratar a un arquitecto que legalice la situación y listo. No creo que pase más.

Como información le diré que si llega a contratar un arquitecto, le hubiera cobrado lo mismo que el arquitecto técnico y no habría pasado por lo que me está contando, la licencia no se la rechazaron porque no fuera factible la supresión del muro sino porque el técnico que firmaba el proyecto no estaba cualificado para firmarlo.

Espero haberle ayudado. En caso de duda vuelva a preguntarme.

Gracias por contestar.Está claro que soy víctima de un engaño ya que mi voluntad siempre ha sido de hacer las cosas bien hechas y hay alguien ya sea la constructora o el arquitecto o los los dos que han tenido mala praxis".En este caso, cuando prescribe esta irregularidad si transcurrido un tiempo y no se realiza la inspección?Entiendo que el ayuntamiento me sancionaria con una multa aparte de legalizar lo ilegal con un nuevo proyecto como dice usted.La multa de que cantidad aproximada?Donde puedo encontrar el reglamento o normativa que regula esto?Si contrato a un arquitecto para que me haga un proyecto nuevo y lo entregue,se fiará de lo que yo le diga o tendremos que romper el falso techo y comprobar la dimensión de la viga.Que hay que alegar o requisitos para cumplir para justificar el ensanchamiento de la apertura de la puerta de la pared estructural?Todo lo que me gaste ahora mas la multa lo podría reclamar por la vida civil y pedir daños y perjuicios?Cree que hay posibilidades reales de ganar?Que pruebas necesitaria aparte de mi testimonio en contra de la de ellos en tal caso?Gracias.

Intentaré contestar por orden.

No conozco los plazos de prescripción pues depende del Ayuntamiento.

Tampoco conozco el importe de la multa. En mi ayuntamiento multaron con 250 € por comenzar unas obras dos días antes de la licencia. No creo que la sanción sea muy superior.

Lo debe consultar usted en su ayuntamiento, plazos, normativa, ordenanzas, etc.

Respecto al arquitecto, no estoy en sus zapatos, como dicen los ingleses, desconozco lo que necesitará para firmar la instalación y garantizarla por diez años.

No creo que haya que alegar nada, si le han dado licencia de obra, no tiene porqué alegar cual es el origen de las obras ni su extensión. En todo caso, se debería justificar en el proyecto del arquitecto si hubiera lugar a él.

Si se siente perjudicado, consulte el tema con un abogado. Él le aconsejará al respecto.

En cuanto a las pruebas, lo lógico es aportar TODA la documentación que permita demostrar una "mala praxis" por parte de la constructora y de su técnico.

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