Convertir granja en vivienda

Estoy interesado en adquirir una granja de animales en desuso.

Se trata de una nave bastante grande todo ello ubicado en un pueblo de pocos habitantes, está construido en terreno rústico pero en el interior del pueblo.

Tiene las instalaciones de suministros correctamente.

Mi intención es reconvertir la nave en vivienda.

¿Qué pasos son necesarios para legalizar la nave como vivienda? Si es posible ...

¿Qué inconvenientes habría si la dejase legalmente como una nave?

2 Respuestas

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Como regla general no es posible convertir una nave a vivienda en terreno rústico. En algunos ayuntamientos está permitida la construcción de viviendas en terrenos rurales de aprovechamiento agrícola siempre con unas condiciones muy particulares (tipo y medida del solar y de la casa) y siempre asociada a una actividad agrícola.

En tu caso la única manera de saber si el terreno permite la construcción residencial (vivienda) es preguntando por la normativa municipal de aplicación en el emplazamiento de la nave. Te informarán en el ayuntamiento. Aunque como te digo, por lo general no se puede.

En cuanto a inconvenientes los hay diversos. Para empezar si la nave no tiene uso de vivienda, no se puede usar asociada a ningún trámite que exija ese uso. No te puedes empadronar en ella, no puedes tener luz y agua de vivienda (siempre será de industria), no se puede hipotecar como tal, ni aparece en el IRPF como vivienda habitual.

En cuanto a otro tipo de inconvenientes cabe señalar que, en caso de denuncia, el ayuntamiento puede obligar al desmontaje de toda la obra realizada para acondicionar la nave al uso de vivienda y la restauración de las condiciones iniciales.

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Respuesta
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Lo primero es confirmar si la normativa urbanística de ese ayuntamiento recoge ese terreno como rústico o comourbano. Si estuviese como urbano (o tipos asimilables como Núcleo Rural Tradicional, en Galicia) no habría problema alguno, podría hacer el cambio y siempre que la vivienda cumpla la normativa aplicable sería una vivienda a todos los efectos.

Si el terreno es rústico y tiene una explotación (la granja, por ejemplo u otra cualquiera) puede vincular a ella una vivienda (con ciertas limitaciones de superficie); podría reconvertir la nave, siempre que mantenga la explotación.

Si no tiene explotación y el terreno es rústico, me temo que no hay demasiadas posibilidades legales de reconvertir la nave a vivienda... salvo que en el pasado hubiese habido allí una vivienda.

Si lo deja como una nave sería una vivienda ilegal, a todos los efectos.

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