Normativa para desagües de cubiertas en naves industriales

Tengo un problema con el desagüe de una cubierta, mi nave tiene 20 metros de largo y dos desagües en los extremos, por motivo de la acumulación de hojas en los canalones termine por abrirlo en los extremos para cuando se acumula las hojas el exceso de agua salga por fuera, en la parte delantera no hay problema porque cae dentro de un patio abierto (y muchos vecinos han echo lo mismo) el problema viene en la parte posterior que tengo un patio cubierto aunque esta unos 50 cm mas bajo que el techo de la nave.. Se ha quejado el vecino de atrás puesto que dice que el agua de mi nave no puedo echársela a la suya mi patio y su nave están a la misma altura y comparte el canalón. Aunque esa afirmación es falsa porque el agua vierte sobre el tejado mi patio. Pero lo mejor de todo es que es desagüe de su nave lo tengo yo en mi patio. Es normal esto, es un error de la constructora, si tiene filtraciones el vecino puede achacármelas a mi, y si el desagüe esta en mi propiedad y el quiere limpiarlo habitualmente esta obligado a pedirme permiso para hacerlo. Entiendo que no se le puede obligar a poner un desagüe en su tejado. Quiero saber esto para llegar a un acuerdo con el.

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La normativa que conozco es el Código Civil.

En su capitulo dedicado a servidumbres, establece lo que se denomina servidumbre de aguas. Lo puede leer, yo le cito de memoria, pero salvo que esté estipulado en el título de propiedad, nadie puede verter aguas sobre una propiedad que no sea la suya.

Por lo que me cuenta se trata de un grave error de la constructora a la que deberían reclamar si no han prescrito los plazos para hacerlo.

En cualquier caso coincido con usted en que lo mejor es un acuerdo con el vecino, plasmado por escrito aunque sea en la servilleta de un bar.

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