No entiendo ficha técnica ''nº asientos 3/6''

Tengo un ''vehículo mixto adaptable vivienda'', o sea una autocaravana, en la que no sé cuantas personas pueden viajar, ni siquiera el que me hizo el seguro entiende la ficha técnica.
La duda está en la ficha técnica que pone en el apartado Nº de asientos: 3/6. Y no entiendo eso de 3/6. Son tres o seis.
El vehículo en cuestión tiene los 2 cinturones delanteros correspondientes al conductor y acompañante.
En la parte trasera tiene una mesa con 4 plazas enfrentadas, 2 en sentido a la marcha, con 2 cinturones, y otras 2 en sentido inverso, sin ellos.
Y más atrás otras 2 plazas con la misma distribución, 1 en sentido a la marcha y otra también en sentido inverso, las 2 sin cinturón.
Total 8 asientos, ¿4 cinturones y ficha técnica 3/6?? . ¿Cuántas personas pueden viajar?
Respuesta
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Solo podrán viajar las personas que puedan ir debidamente sentadas, es decir, que tengan en sus asientos (homologados) respaldo y cinturón, con un numero máximo de 6.
Con respecto al seguro, deberá poner el numero de asientos homologados para el viaje (max 6) pero por como me comenta son 4 ocupantes + conductor, ya que su seguro es el que va indemnizar a los ocupantes por medio de la R.C. por eso es muy conveniente llevar bien ese tema para que después NO hay ningún problema.
3/6 plazas = puedes pasar la itv independientemente con 3 o 6 (suele ser así la ficha de los vehículos mixtos o de los turismos modulables modernos, tipo: voyager, sharon, carnival etc.)
Le dejo también una web de un foro...
http://www.furgovw.org/index.php?topic=152186.msg1054327
Muy bien aclarado el tema 3/6 plazas, lo he entendido perfectamente. Pero temo haber omitido un dato importante. La caravana está matriculada en marzo del 92 y tengo entendido que el reglamento de circulación dice que si no tenía cinturones antes de esa fecha, no sería obligatorio instalarlos.(Real decreto 13/1992 de 17 de enero, entrada en vigor 15 de junio de 1992. Disposiciones transitorias primera). No sé si hay alguna ley posterior a esta.
Y no entiendo (''pero por como me comenta son 4 ocupantes + conductor,'') quizá lo lié un poco y no fui claro, la distribución de los asientos sería:
2 delante con sus cinturones (conductor y acompañante),
2 sentados en contradirección sin cinturones( tema del decreto al que me refiero),
2 sentados de nuevo a favor de la marcha, con cinturones,
a partir de aquí serían más de 6 y no valdrían,
1 más en contradireccion, sin cint. y
1 más a favor de la marcha, sin cint.
Efectivamente, que ese dato omitido importa mucho.
Si disponen de asientos con respaldo (aunque no lleve cinturón) podrá ser utilizado.
Entonces COMO MÁXIMO podrá llevar 6 plazas (incluido el conductor), No se olvide que las personas deberán primero sentarse en los asientos CON CINTURÓN.
Y lógicamente NO se olvide que deberá declarar en el seguro 5 ocupantes más el conductor (ya que si dice PLAZAS, se refiere también al conductor).
Me a sido muy útil. También encontré de mucho interés la dirección del foro que me indicó en su respuesta. Le estoy nuevamente agradecido por sus aclaraciones.

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