Duda sobre el modelo contable 401 por el impago de letra por parte de proveedor

Soy nuevo en esto de la contabilidad,
una letra aceptada a un proveedor cta. 401, si no se paga en su vencimiento que asiento corresponde.

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En principio, el impago de una letra con cargo a la empresa, no supone la realización de ningún asiento.
Solo en el caso de que la letra sea de un cliente es cuando hay que realizar asientos.
No obstante, puede que el impago conlleve un recargo de intereses que la empresa deba pagar, en cuyo caso si tendrás que apuntar ese recargo.
Entonces la letra devuelta de un proveedor no conlleva ningún asiento.
Yo pensaba indedendiente de los gastos que ocasione la devolución, se llevaría de nuevo al haber del proveedor.
Ten en cuenta que las operaciones contables solo se dan por el lado de la contabilidad de ese proveedor.
Cuando realizas un apunte en la 401, lo haces para diferenciar la deuda normal que tienes con los proveedores, ya que al estar formalizada la deuda existen más garantías para el librador, además de que así se refleja en el balance de situación.

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