Contabilizar pago de facturas de proveedores con pagarés. Efectos comerciales a pagar y cobrar

Mochi tengo otra pregunta. ¿Cuándo pagas con pagares se supone que en el momento de contabilizar el gasto lo llevas a una cuenta 400 proveedors y la fecha en la que haces el pagaré lo llevas a una 401 de efectos comerciales a pagar no?, y la das de baja el día de vencimiento del pagare. Es que me han dicho que no hace falta que lo lleve a efectos comerciales a pagar. ¿Y si fuera que nos pagan con pagares? ¿Lo llevaría a una cuenta de efectos comerciales a cobrar no? Es que me han dicho que lo tengo que llevar a efectos descontados, pero opino que a efectos descontados se llevaría si lo llevara al banco para que me adelantaran el importe antes del vencimiento, ¿qué por el simple hecho de llevarlos al banco no debería llevarlo a efectos descontados?

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Respuesta
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De nuevo gridin
Vamos a ver:
Al recibir la factura, tu tienes ya una deuda con tu proveedor(400).
Si le das un pagare(ya le estas pagando, de forma aplazada, pero ya le has dado un efecto que acredita su pago), así que harás 401 a 400(con ese asiento saldas al proveedor).
Cuando realmente te cargen en la cuenta el importe del pagare, hará 401 a 572, hazlo enla fecha de cargo no cuando venza.
Si te pagan, pues haz lo mismo
431 a 430, y al llevarlo al banco (cuando se te ingrese en cuenta, 572 a 431), yo que tu lo haría todo así con pagares y efectos que lo llevas al cobro.
Cuando lo llevas al descuento(llevas una letra que vence el 30-01, el 15-01 por necesidades financieras, harás:
1º 431 a 430 (cuando te dan la letra)
15-01
4311 a 431 (al llevarlo al descuento)
572
A 5208 al llevarlo al banco, haces eso porque al descontártelo el banco te lo esta prestando por quince días.
Cuando llegue la fecha(anotatelo en una hoja de calculo o en una agenda)
Harás
5208 a 4311
Los intereses y comisiones, los contabilizas cuando te llegue la hoja de gastos del banco 664 a 572
Otra forma, más sencilla
431 a 430 (al darte la letra)
572 a 431 (al cobrarla)
Para todo, efectos descontados y al cobro, lo simplificas todo mucho.
Una salvedad, al final de año, lleva los efectos que tienes al descuento(que vencen el próximo año) al siguiente asiento:
31-12
4312 a 5208
Y el 01-01 haces el contraasiento
Eso es para reflejar en el balance lo que tienes descontado que no ha vencido (reflejar el riesgo de devolución, ya que el asiento de la 5208 se llama clausula de salvaguarda)

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