Pregunta fiscal-refacturación iva
Siempre tengo la misma duda y cada persona me dice una cosa diferente. Es por la refacturación de gastos con iva. Por ejemplo, asumes unos gastos que no son suplidos y de los que se va a hacer cargo el cliente. Éstos llevan iva. Cuando se los refacturas, ¿la bi es el total o sin el iva? Me han comentado que si va con otra prestación de otro servicio facturado se entiende que es mayor coste del servicio y se facturaría iva sobre iva aunque otros me dicen que eres un mero intermediario y se lo tienes que refacturar tal cual lo has recibido. Pero en la ley de iva, dice que no forma parte de la bi el propio iva, ¿no?
Respuesta de kormak
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Respuesta de josera76
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