Inspección del 347

Hemos tenido esta semana una inspección del modelo 347 del 2004. Nos mandaron llevar todas las carpetas de facturas recibidas. Al decirle que eran como unas 25 o 26 a mi jefe le dijeron que tenían que volver dentro de un mes con las facturas archivadas según el registro de iva. ¿Es eso legal? ¿Pueden obligarnos a hacer eso si nosotros tenemos todas las facturas archivadas por proveedor? Imagínate la perdida de tiempo que me va a suponer. ¿Si eso es así hay alguna ley que lo indique?

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Por supuesto que es legal. Y es que es así como deben archivarse, de forma correlativa y en el mismo orden que el libro registro de facturas recibidas.
Es una mala práctica que me he encontrado en muchas empresas que tienen la costumbre de archivar por proveedores o por orden alfabético.
Se lo he repetido a muchos empleados/as de contabilidad y ni por esas. Alegan que se "apañan" mejor así.
Pero claro cuando sucede esto se dan cuenta del error al tener que estar horas remodelando por completo el archivo.
Aconsejo encarecidamente que se archive por el número de orden del IVA, todos los programas de contabilidad asignan un nº de documento en cada operación con IVA, este es el número por el que debemos archivar.

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