En el nuevo modelo 390 hay un nuevo formulario a rellenar donde preguntan por: Libro de facturas emitidas. Dentro de este apartado, piden los siguientes datos: Serie (no se a que hace referencia) Nº de Inicio (supongo que se refiere al número de Orden), Nº de Terminación y Nº de Registros. No sabemos en base a que se pone la serie en los libros de facturas emitidas y recibidas.
Estoy mirando el nuevo 390 y no veo lo que dices. ¿En qué página esta?
Es en la última página del formulario. Lo hago con el programa que se descarga de internet desde la página: http://www.gipuzkoa.net/ogasuna/modelos/programas/programa.asp?PrgId=42 Es el primer año que me encuentro con este formulario y he llamado a Hacienda y me dicen que la serie se puede inventar, pero ¿en base a que?. ¿Siempre la misma para todas las facturas?, ¿Se cambia cada año?, ¿El libro siempre puede ser el primero o cada año hay que cambiar de libro?. ¿Dentro de una misma serie las facturas tienen que ser de números correlativos?. ¿Y en el documento emitido tiene que aparecer la serie o solo en el libro de facturas?. Bueno, como ves son muchas dudas...
AHHHHH en cuanto he leído el enlace me he dado cuenta tu estas cogiendo el modelo desde una página del país vasco y yo lo cojo desde la web del resto de España www.aeat.es. Lo modelos publicados son diferentes por que el país vasco no se rige por la normativa Nacional sino por la foral. Le deberías pregunta a un asesor que trabajara allí. Por que yo no lo sé. No obstante la serie de una factura es un código que tu le pones para identificar una serie de facturas de otras. Por ejemplo imagina que tienes dos negocios uno en vizcaya y otro en guipozcoa pues tus facturas seria por ejemplo G0001/2010 y V0001/2010 donde la G y V es la serie y el 0001/2010 es el numero de la factura. Ahora imagina que solo tienes un establacimiento pues tus facturas podrían ser 2010/0001 donde 2010 es la serie y ademas hace referencia al año y el 0001 es el nº de factura. Esto tu lo puedes establecer como quieras.
Muchas gracias por tu aclaración. Entonces la serie tiene que aparecer en la factura emitida, ¿o es suficiente que aparezca en el libro de facturas emitidas?. ¿Se puede/debe cambiar de serie cada año?. Como hasta ahora nunca había escuchado hablar de la serie, en mis facturas no está incluida, y el sistema de numeración que utilizo es el siguiente: Factura nº:10508, donde 1 es la primera, 5 es Mayo y 08 es 2008. Factura nº:20508, donde 2 es la segunda, 5 es Mayo y 08 es 2008. Factura nº:10808, donde 1 es la primera, 8 es Agosto y 08 es 2008. ¿Es esto correcto? Es decir los números no son correlativos, porque me dijeron que lo que debía ser correlativo es el numero de orden (del 1 al infinito) que le añado a la factura una vez archivada. ¿Y se puede extraer una serie de estos números o es algo que yo pongo en el libro de facturas sin necesidad de que aparezca en el documento? Gracias por tu paciencia.
No, lo estas haciendo mal El reglamento de facturación te exige que las facturas tengan una correlación numérica anual. Que significa esto: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13 y así durante todo el año sin alterar la correlación. En tu caso la 1ª factura del mes de enero es 1-01-08 por los tanto la factura para ti es la numero 1 LA ultima factura del mes de enero por ejemplo seria 25-02-08 en tu caso seria la Nº 25 Pero... La 1ª factura del mes de febrero seria 01-02-08 o sea la numero 1 otra vez. Y eso no puede ser, es ilegal. LA 1ª factura del mes de febrero tiene que se la 26 (CORRELACIÓN ANUAL) Por lo tanto si hacienda te hace una inspección te va ha sancionar mi consejo es que emitas facturas rectificativas a todos tus clientes y vuelvas a emitir las nuevas. Debes tener en cuenta que la serie debe de ir separada del numero y que las facturas rectificativas deben llevar una serie deferente de las facturas normales. Te ilustro con un ejemplo: Imagina que quiere arreglar todas tus facturas emitidas. Imagina que la 1º que emitistes en 2008 era la 10108 y que el importe era BI 100, IVA 16% TOTAL FACTURA = 116 Pues a este cliente le tienes que emitir una factura rectivicativa y luego la factura buena. Factura rectificativa: Los mismos datos del cliente en el numero de factura por ejemplo pones R08/0001 Donde R08 es la serie que identifica que en una factura rectificativa del 2008 y 0001 es el numero de la factura rectificativa. Y los importes seran BI = -100, IVA 16%, TOTAL FACTURA = -116. Y eso es importante y obligatorio, el las observaciones de esta factura rectificativa tienes que poner que: "rectifica a la factura 10108 expedida el (EJ 5 de enero de 2008) Y Grapada a la factura rectificativa le manda la buena que por ejemplo poedria ser: 08/0001 Donde 08 es la serie que ademas hace referencia al año y el 0001 es el numero y le vuelves a repetir los importes: BI = 100, IVA = 16%, TOTAL FACTURA= 116. Y así con todas y si no lo haces hacienda te sancionara y te exigirá que lo hagas
Entonces, ¿haciendo la rectificación y la nueva factura a cada cliente es suficiente?. Hay que hacer algún otro tramite o no es necesario. Y yo tendría que guardar la antigua factura, ¿la rectificativa y la nueva?. ¿Así no habría ningún problema con hacienda verdad?. Es que, tengo que rectificar 2008, 2009 y 2010.
Eso es, quedate con todas, También es verdad que quizás me estoy poniendo demasiado drástico, tengo un cliente que le paso lo mismo tenia 4 años mal facturados y le aconseje de que eso era ilegal y que le podían buscar las vueltas. Y el se negó, dijo: "Me voy a rectificar yo las facturas de 4 años... vas tu listo" y ahí se quedo la cosa. El caso es que cuando se lo dije las empezó ha hacer bien. Tubo una inspección de hacienda y le inspeccionaron uno de los años que tenia mal lo que pasa que como el resto de los años ya lo había hecho bien, el inspector no le puso sanción. Con esto lo que te quiero decir es que no te querría hacer trabajar como un burro, llama ha hacienda, preguntalo, por que a lo mejor en tu administración son las permisivos.