Devolución de embargo

Buenos días,
Tengo una duda a la hora de contabilizar las nóminas. Uno de nuestros trabajadores tenía un embargo de salario, pero en la asesoría se equivocaron y le embargaron de más. Ahora, en la última nómina tiene un concepto "Devolución embargo" con la cantidad en negativo, ¿me podrías decir cómo contabilizo esto?
Muchas gracias. Un saludo, Iranzu

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Yo entiendo que esta partida de devolución de embargo, la debes contabilizar, en la misma cuenta donde en su día contabilizaste el embargo, eso seria lo correcto y como contrapartida la 465 remuneraciones pdtes pago, como el resto de la nomina.

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