Saldo deudor en la 476

Como puedo dar de baja un saldo deudor en la 476, a la hora de pagar la de noviembre, veo que en la contabilidad la cuenta 476 no recogía la deuda pendiente de pagar. La contabilidad la llevaba otra persona y parece ser no tenía esa cantidad pendiente de pagar.

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No tengo claro si te he entendido bien. La cuenta 476 únicamente puede tener saldo acreedor (el correspondiente a los Seguros Sociales del mes o meses pendientes de liquidar), pero nunca saldo deudor. Si tiene saldo deudor, únicamente hay dos opciones:
a) Error de contabilización del pago en el banco (se ha contabilizado el pago por más importe).
Esto es fácil de comprobar. Al conciliar los bancos verás si hay o no algún desfase. Si no lo hay, si el saldo de tu cuenta de tesorería coincide con el del extracto bancario, no habrá habido ningún error de contabilización del pago de seguros sociales.
b) Error de contabilización de los seguros sociales (se ha contabilizado menos gasto en seguridad social).
Esto también es sencillo. Tendrás que ir a la fecha en que aparece por primera vez el desajuste y comprobar la contabilización del asiento de nóminas de ese mes.
Tratándose de otra cuenta y si la diferencia no es muy importante, te diría que la regularizaras directamente con la 759 o 659 pero la cuenta 476 no tiene muchos movimientos por lo que no cuesta nada detectar el error y hacer bien las cosas.
Gracias, la contabilidad la llevaba otra persona y yo me he encontrado con esto. El problema es que parto de un asiento de cierre impreso en papel, no existe soporte contable.
Gracias, la llevaré a 659 como dices

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