Deterioros

En el 2008 contabilizo como deterioro por unos créditos comerciales una cantidad POR por que creo que no me lo van a pagar, y cumplen los requisitos para ser provisiones deducibles.
6490 a 4900
4360a4300
Durante el 2009 se confirma que esos clientes son perdida definitiva, ¿qué asiento debería hacer?

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Debes dejarlo así de tal forma que el saldo de la cuenta 490 te indicara el saldo provisioneado y la cuenta 436 el importe de los clientes de dudoso cobro.
Solo podrán darse de baja estas cuentas si cobras dinero alguno
No lo entiendo, imaginemos que esos clientes en el 2009 cierran la empresa o quiebran o tras un proceso judicial no consigo que me paguen.. ¿no debería cancelar ese crédito?
Si hicieras un apunte anulando los saldos de las cuentas 490 y 436 no estarías dando información en las cuentas anuales, etc. pues estas cuentas quedarían saldadas. Si lees el funcionamiento de la cuenta de provisión 490 se abona cuando se hace la dotación y se carga cuando has cobrado y anulas la provisión dotada contá la cuenta 749 dando entonces un ingreso porque anteriormente te diste el gasto cuando dotaste la provisión.^Poer el funcionamiento de las cuentas es así, es decir, si no se cobra hay que dejarlo con saldo las cuentas 436 y 490
No estoy de acuerdo contigo, ya que considero que si un cliente es pérdida definitiva, y debemos reconocerlo y no mantener ese cliente como dudoso cobro ya que el valor del crédito sabemos que es O, por lo tanto yo haría
6500 (no recuerdo bien la cuenta) Perdidas de créditos comerciales incobrables
                               A 4360 Clientes dudosos
4900 Deterioro a 794 (no recuerdo bien) Reversión del deterioro
De manera que si yo miro la cuenta de PYG veré que de los clientes que yo tenía dotados les he dado como pérdida definitiva. Y no tendré en el balance una provisión para unos clientes dudosos que ya no existen.
Esta es mi interpretación del PGC y me pregunto si se debe hacer así, lo que está claro es que si el cliente es pérdida definitiva no vas a dejarlo así para siempre como me comentas.
Perdona mi respuesta anterior, pero es que estaba pensando en el primer año, año en el cual conviene dejar los saldos dudosos y la provisión por información contable en los estados financieros.
Efectivamente si tienes clara documentación o hechos que reflejen la incobrabilidad de los clientes de dudoso cobro debes darlo de baja como tu bien dices con los asientos que has realizado en tu pregunta.
Nuevamente te pido disculpas

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