Compra de ordenador

Acabamos de comprar un ordenador portátil para la empresa, y en la factura,, además del precio del ordenador en si, vienen desglosados los siguientes conceptos:
Software: 141 euros; mano de obra del técnico: 24,57; canon ley propiedad intelectual grabadora DVD: 3,40 e impuestos ecopilas y eco contributo: 0,46.
Y mi pregunta es: ¿Doy de alta el ordenador como inmovilizado por la suma de todo, es decir, por el total factura? ¿O solo por el precio del ordenador en si? Es que no estoy seguro que seria lo más correcto.

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En la contabilidad algunas veces hay que ser imaginativo, en determinadas operaciones, con vista a obtener más información para la gestión de la empresa.
En vuestro caso, contabilizar el material informático, software, y demás en cuentas separadas, le puede suponer un trabajo extra que además no supone un plus dentro de la información financiera y contable.
Contabilizaría el software (141 euros) por separado del resto de la máquina.
Porque separar el software del resto: Si dentro de por años decidís implantar un nuevo software en la compañía, utilizando los mismos ordenadores. Os Permite dar de baja ese bien por separado.

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