Contabilizar patrocinio en especie

Nuestra duda es por que tenemos una asociación deportiva que gestiona el club de fútbol del barrio. Tenemos una empresa con la que tenemos un convenio de patrocinio y que nos aparta 3200 euros. En el año 2009 en el convenio venía fijado que nos aportaría en marzo del 2010 ese importe. En el momento del reconocimiento de que nos lo iba a conceder lo contabilizamos. Pero en febrero se puso en contacto con nosotros para decirnos que debido a problemas de liquidez no le iba a ser posible hacer el pago que nos abonaba la misma cantidad en especies.
Como nosotros le compramos material deportivo pues nos vino bien.
Pero ahora nos vemos en el problema de que no sabemos como contabilizar el pago.
Nosotros teníamos en el 2009
4474 a ingresos por patrocinios
Y ahora al ser material inmovilizado puede ponerlo en el grupo 2 y ser
Grupo 2 a 4474 por ese importe.

2 respuestas

Respuesta
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El patrocinador, en este caso, debería expediros factura por el importe de la mercancía suministrada. Este material, tal como indicas entraría a formar parte del inmovilizado, compensando la deuda de la misma, con la que tiene pendiente el patrocinador.
Gracias de antemano, por la respuesta.
¿La factura que emite el proveedor que sería por el mismo importe que debía de darnos?.
¿Pero esta factura al no tener que pagarla tiene que tener algún tipo de leyenda o de aclaración?
Gracias
Si se va a compensar el material entregado con la aportación de patrocinio, si debería ser por ese importe.
No tiene que tener ninguna aclaración la factura. Es suficiente con que exista un recibo que justifique el pago de la factura y otro que justifique el cobro del patrocinio. Ambos se compensan entre si contablemente.
Respuesta
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El material que vayan recibiendo irá asociado a una factura que contabilizarán como una compra de inmovilizado exceptuando que en vez de abonarla al proveedor, abonarán el importe total de la factura (con IVA incluido) a la cuenta 4474 que mantiene el importe del patrocinio pendiente de cobro hasta que quede saldada.
Gracias de antemano por la respuesta.
En el caso de que una parte no venga con factura, ¿contabilizaría igual como si fuese una compra de inmovilizado por su valor supuesto?.
¿En el caso de que fuese dinero que sería banco a 4474?.
Gracias.
Si es material lo que os van suministrando, debería ir con factura, pues es la única forma de valorar el material y ante hacienda es el único justificante que vale. Si es dinero lo que os entregan, sería tal como dices de la 572 al 4474.

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