Venta de un piso

Tengo un piso a la venta y ya he encontrado un comprador.
Hemos firmado ya el contrato de arras y firmaremos la compraventa la primera semana de Marzo.
El problema es que tengo un par de dudas con toda la operación, a ver si me podéis ayudar.
1. Tengo una hipoteca sopre el piso. La agencia me ha dicho que el banco del comprador dará directamente el dinero para cancelar la hipoteca a mi banco y que en el momento de firmar me darán un cheque con la diferencia, ya que lo vendo por un precio superior a la hipoteca. Mi pregunta es si esto de dar un cheque es el sistema habitual o también se hace por transferencia, ya que imagino que me van a quitar 200 o 300 euros de comisión al ingresarlo en mi entidad. Los de la agencia me dicen que siempre lo hacen así.
2. El otro tema es los impuestos que tendré que pagar por ese dinero que recibo en un cheque. Tengo intención de comprar otra cosa este mismo año, pero en el caso de que no encontrara nada de mi gusto... ¿de cuánto tiempo dispongo antes de tener que pagar un porcentaje a hacienda? Hay gente que me dice un año y hay otros que dos y no lo tengo claro. ¿Si fuera por ejemplo un año... Eso significa que si vendo este marzo la próxima declaración de hacienda que haga en junio de 2011 ya tendría que pagar?
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En primer lugar, es habitual lo del cheque bancario, puesto que la hipoteca se cancela en el momento de la firma y lo normal es que el notario tenga que dar fe del pago, por lo tanto, no podría hacerlo mediante transferencia. El cheque va avalado por banco y tiene pago inmediato, puedes negociar con tu entidad porque al ser dinero, no deberían de aplicar comisión.
Si tu banco no entra en razón, abre una cuenta en otro banco que te asegure que no te cobrará (piensa que les vas a ingresar dinero, así que te abrirán las puertas), o bien, vas a cobrarlo en ventanilla al banco emisor y luego lo ingresas en efectivo.
Por otro lado, la reinversión en vivienda habitual tiene un plazo de dos años. Así que si lo vendes en marzo dispones de ese plazo para comprar. También puedes abrirte una cuenta vivienda e ingresarlo allí, lo cual es una "prueba" de tu intención de reinvertir de cara a Hacienda.

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1) Forma parte de la libertad de negociación de las partes. En principio el comprador se ahorra la comisión de la transferencia. De todas formas puedes hablar con tu banco, y si se trata de una cantidad considerable decir que o te lo admiten sin comisiones, o que abres una cuenta con ese dinero en el banco que emite el talón, que no cobrarán comisiones.
2) Dos años. No obstante a partir del año que viene ya no se tendría derecho a la deducción por el uso de financiación ajena en la vivienda habitual.
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No entiendo eso de que cancelen la hipoteca directamente con tu banco, el único que puede cancelar tu hipoteca eres tú, no lo veo nada habitual a no ser que se subrogue el comprador en tu hipoteca que es otra cosa.
Tienes que pagar un 18% del beneficio (precio de venta - precio de compra con impuestos más la reforma si guardaste las facturas) en caso de que no te compres otra vivienda habitual en el plazo establecido de dos años, la que vendes tiene que haber sido tu vivienda habitual durante 3 años a no ser que justifiques que te tienes que cambiar de domicilio.
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En cuanto a la forma de pago, lo normal es que le paguen mediante cheque bancario nominativo. No acepte otra forma de pago. Eso es lo habitual.
En cuanto a la reinversión, no se cuanto debe pasar hasta que compre. Debe preguntar en la sección del foro de fiscal.
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Bien, felicidades por vender el ppiso, actualmente no es muy usual. Bien tú le presentarás en la notaria un CERTIFICADO DE DEUDA PENDIENTE que te hará tu banco. ¿Tu hipoteca se tiene que cancelar administrativamente (el dinero en el banco) el importe será depende lo que sea y deberás de realizar también una CANCELACIÓN REGISTRAL(aproximadamente 600?). Como te han dicho tanto una como la otra se encarga el otro banco, igualmente tú te quedas fotocopia de todo y pasados unos días verificas que esté cancelada en tu banco. Igualmente si no lancelaran, están sobre un piso que ya no es tuyo, pero bueno.
Sí que es cierto que siempre por la diferencia te darán un cheque, sobretodo que sea un CHEQUE BANCARIO.
La entidad donde lo ingreses no te puede cobrar eso, a ella le interesa que tú le lleves dinero, presiona para que no te cobren nada y veras como no te cobran (habla con apoderado o director.
El tema de la reinversión, fiscalmente no estoy muy puesta pero si no me equivoco seria 1 año.

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