Descuento dertificaciones

Te cuento
Trabajo en una empresa construcotra. Hicimos un trabajo para la diputación, la 1ª certificación firmada por la diputación nos la dieron hace una semana, la cual la llevamos al banco para su abono anticipado, pero el pago de dicha certificación es a 30 días por parte de la Diputación, es decir nos lo transfieren al banco dentro de 3 semanas.
El banco le presentamos la certificación, pero nos retienen un %. La cuestión es como contabilizo las dos operaciones; por un lado el pago anticipado del banco por esa certificación y luego el abono de la diputación a nuestro banco, dinero que se quedará el banco claro, al habernos anticipado el dinero. M puedes indicar los asientos. La cantidad es 60.000 euros; retención 6500
1. Contabilizar factura. No hay problema en contabilizarla.
2. Anticipo del dinero por parte del banco presentando certificación
3. Transferencia de la diputación

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¿Esto lo vimos ya?. ¿Se duplicó la consulta?.
Vimos algo parecido pero no igual.
La duda la tengo en la cuenta que debo utilizar tanto para el descuento de la certificación en el banco( pago anticipado por parte del banco) y que cuenta utilizo cuando llega la fecha de vencimiento de la certificación y la diputación transfiere esa cantidad al banco directamente, para quedar saldadas dichas cuentas.
Gracias
Juan Pardo
Ok.
Seguramente me equivoco, pero según lo que me cuentas, la diputación te ha pagado la certificación con un "confirming". Esto es un instrumento financiero, que a efectos contables funciona casi igual que un pagaré.
1º) Cuando lo recibes lo metes en cartega.
2º) Si lo descuentas lo llevas a efectos descontados.
3º) Cuando llega el vencimiento, si lo has descontado lo sacas de deudas por efectos descontados (si lo habías descontado), o lo cobras si lo has aguantado hasta el vencimiento.
No tiene más.
Ahora bien. Lo que tu llamas "retención" creo que son los gastos e intereses por el descuento que te cobra el banco. No es que te retengan una parte, pendiente de que pague o no pague, sino que te cobran los gastos del descuento (igual que cuando llevas un pagaré). ¿O esa cantidad te la van a devolver?.
Olvídate de si le transfiere la Diputación al banco o no. Eso tu no lo tienes que contabilizar. Esa es la contabilidad del banco.
Si lo que te han entregado es un confirming, normalmente este tipo de instrumentos llevan una cláusula por la que en caso de impago, el riesgo lo asume el banco. Si es esto, tu no tienes que contabilizar nada, ni siquiera registrar una deuda por efectos descontados, como en el caso del pagaré.
Simplemente haces los asientos:
- El de efectos en cartera, cuando te entregaron el confirming.
- El de descuento de efectos cuando lo ingresaste en el banco (sin contabilizar la deuda por efectos descontados).
- El de los gastos que te haya cobrado el banco.
Nada más. Créeme que si te pagan con un confirming es lo mejor que te puede pasar. Eso es dinero seguro.
Hola de nuevo
No se trata de un confirming.
Para que te hagas una idea
Nosotros tenemos la certificación de una obra con la diputación firmada por ellos. Con esta certificación vamos al banco de confianza BBVA y la mostramos como "garantía" de que vamos a recibir ese importe en 1 mes por parte de la diputación en nuestra cuenta del banco bbva.
El banco nos adelanta el dinero aplicando una retención, NO son intereses o gastos ( que a a la hora de contabilizar la llevo a una cuenta de fianzas a c/p ).
Pasado el mes, la Diputación nos paga esa cantidad, queda reflejado en una transferencia de la diputación a NUESTRA CUENTA, y el mismo día el banco nos hace un cargo en nuestra cuenta por ese valor que nos había anticipado anteriormente.
Resumen, tengo que contabilizar:
1. La factura emitida a la diputación.
2. El pago por parte del BBVA a nuestra cuenta
3. La transferencia de la Diputación a nuestra cuenta.
4. El cargo del efecto del BBVA por el importe anticipado y que ahora hemos cobrado.
Como haría esos asientos, especialmente el 2-3-4
Gracias y perdona si me explique mal.
Un saludo
Juan Pardo
Ok.
La contabilización de la factura no creo que tengas problema.
El pago del BBVA es en realidad una deuda. Entonces la tienes que registrar de ese modo, por el importe que te abonen:
(572) Banco
             A (520) Deudas con entidades de crédito a c/p.
Cuando la diputación te paga, simplemente contabilizas el ingreso en el banco, sin más. Banco contra la cuenta del cliente.
Y cuando el banco te hace el cargo deshaces el asiento que hemos hecho antes cancelando la deuda.

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