Licencia Apertura

Hemos pagado unos gastos por Licencia de Apertura para una heladería, pero estos no son de primer establecimiento, creo, porque ya hemos iniciado la actividad en otro local y en diferente lugar ¿es correcto?.. No serían gastos de primer establecimiento (cta. 201) sino Gastos de Puesta en Marcha (cta. 203)¿?.. Y si es así, tiene esto amortización, ¿a cuántos años y como sería el asiento contable?... ¿Por los gastos 203 a Caja y la amortización?

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Los gastos de licencia de apertura son gastos de establecimiento, no importa si son los primeros o no, en cualquier caso son gastos. La 203 es propiedad industrial (patentes y demás) y la 201 tampoco son gastos de primer establecimiento.
Ni los gastos de constitución ni los de establecimiento, etc. no se amortizan.
Los gastos de licencia podría contabilizar por ejemplo en la cuenta de gastos de servicios de profesionales independientes (621).
El asiento:
(621) (570) Caja o la (572) Bancos

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