¡Vaya! Y si no se había tramitado, ¿cómo funcionaba el negocio?
En cualquier caso, dejando al margen las responsabilidades administrativas que puedan derivarse del hecho de haber iniciado la actividad sin obtener los permisos necesarios para ello; si la Licencia de Apertura se ha formalizado en el ejercicio corriente ha de registrarse como un "Gasto de primer establecimiento" - si se trata de la primera y única actividad de la empresa - o como un "Gasto de puesta en marcha" - si la misma empresa tiene ya otros negocios "legales" en funcionamiento -. La partida contable sería, en el primer caso, la cuenta 201 y en el segundo, por ejemplo, la cuenta 203 (recuerde que el PGC es abierto y flexible, pudiendo crear todas las cuentas que la empresa necesite para representar adecuadamente su situación patrimonial y sus actividades económicas).
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