Necesito que me ayudéis a resolver algunas dudas que tengo sobre contabilidad y tarjetas de crédito

Tengo varias preguntas a ver si me puedes ayudar
1. ¿En qué cuentas contabilizarías los gastos ocasionados por contratar a una empresa de limpieza? ¿Y la compra de productos de limpieza?
2. ¿En qué cuenta meterías la compra de un rotulo luminoso con el nombre de la empresa? ¿Y la compra de puertas del bajo teniendo en cuenta que el local es alquilado?
3. En una tarjeta de débito, enteniendo por ella una tarjeta con la que se pagan gastos y se cargan en la cuenta corriente, dices en una consulta que se lleva directamente a la 572, ¿pero si entre la fecha del gasto y la fecha que aparece en el extracto del banco hay unos días de diferencia que harías?

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Si la empresa que contrata a otra para trabajos de limpieza, en su explotación natural de su actividad tiene el desarrollar trabajos de limpieza, serían trabajos realizados por otras empresas, pues le realiza un trabajo que es propio de su epígrafe.
Si no, sería otros servicios, la 629.
Los gastos de productos de limpieza los podrías llevar a compras de otros aprovisionamientos, o 602. O a gastos diversos 629.
Un rótulo luminoso pues, otras instalaciones en inmovilizado, y si esta factura no supera los 3005,06 euros lo puedes desgravar como gasto, según criterio.
La compra de una puerta puede ser o reparación y conservación (si no supera los 3005,06 euros lo puedes desgravar como gasto) o según criterio a una cuenta de inmovilizado y amortizarlo, nada tiene que ver con que el local sea alquilado.
La consulta que contesté sobre tarjetas de débitos, yo entendí que a esos gastos, a ese cómputo de gastos, me preguntaban si habría que abrirles otra cuenta 572. Aparte de la propia en donde vayan a ir cargados esos gastos y no es así.
Dí por sentado y ni mencioné porque era obvio, que si los gastos tienen una fecha a la vista, se contabilizan a una cuenta de acreedor o proveedor.
¿Y si quiero considerar el gasto del rotulo como gasto por no superar los 3005,06 euros y no como inmovilizado a que cuenta lo podría llevar? a la 629?
Si no supera los 3005,06 euros puedes desgravarlo como gasto en el año, ¿la cuenta? Pues, o a una subcuenta de la 629 otros gastos rótulos, o a reparación, conservación y mantenimiento, según criterio.
Te rogaría valorases esta respuesta múltiple, y me hagas las preguntas de una en una, ya que te he contestado a ... unas cuantas, mejor de una en una, ¿ok?

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