Inmovilizado material

Tengo serias dudas sobre dicha contabilización. Por norma en la empresa no se puden inmovilizar activos menores de 3000 EUR de valor individual. Sería correcto la contabilización conjunta por activos de similares características. Además, sería correcto el tomarlo como gasto del ejercicio o habría que tener en cuenta las normas de 6000,00 EUR anuales. Gracias.

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Si hablamos de una pequeña empresa existe libertad de amortización, si es una grande normalmente se ajusta a tablas fiscales. Se puede agrupar, si, pero deben ser de característica similares y misma fecha de puesta en funcionamiento. Se puede amortizar de golpe si pero esto debe reflejarse en la memoria de la empresa en las cuentas anuales y se debe tener cuidado de no sobrecargar la cuenta de resultados

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