Hola, me gustaría saber cómo contabilizar el gasoil

La cuestión es que trabajamos con el gasoil de los vehículos, y con el que utilizamos para los hornos de cocción, que ese sí es almacenable. Supongo que se deberán contabilizar de manera diferente o al menos en subcuentas diferentes.

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El gasoil de los vehículos los debes poner en la 628, mientras que el de los hornos de cocción en la 602, y a final de año lo inventarías en la 321.

Si tienes alguna duda, pregunta, si no, finaliza la pregunta.

muchas gracias por tu ayuda

Posiblemente eres nuevo en el foro, todos lo hemos sido alguna vez, pero debes de puntuar y cerrar la pregunta.

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