Factura de importación

Tengo un proveedor de Argentina, que me mandó una mercancía con su correspondiente factura, la cual es un iva de importación que liquidamos en la aduana, resulta que la mercancía que nos mandó era de mayor calidad que la que indicaba en la factura, por lo que, nos hizo una factura posterior por la diferencia del valor, es decir, mayor importe. Dicha factura no ha pasado por la aduana y no puedo ponerla como iva de importación ¿cómo debo contabilizarla?.

2 respuestas

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Salvo mejor opinión, considero que la Factura que recoge el mayor importe de la mercancía importada debe ser declarada en la Aduana a los efectos de cumplir con lo dispuesto en la legislación vigente sobre el IVA en las importaciones. Por tanto, una vez declarada esta Factura se registrará de igual manera que la recibida junto con la mercancía.
P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.
Creo que está bien la respuesta, pero no lo tengo muy claro, tuve un caso de compra de mercancía en Suiza, mediante transporte terrestre, que según hacienda tenía que declararla como compra de mercancía con base de iva general y autofactura repercutiendo el iva, ni adquisición intracomunitaria, ni importación porque no pasaba la aduana.
No es la misma situación. La segunda factura que ha recibido es, según sus propias palabras, complementaria de la primera; puesto que no refleja una nueva operación sino un mayor precio de las mercancías ya adquiridas. Así pues, esta segunda factura ha de ser declarada como tal ante las autoridades aduaneras.
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Yo soy despachante de aduanas en Argentina y la factura de Exportación es del tipo E.

El IVA no se exporta, por lo cual en la factura E, no esta incluido el Iva. Se incluye el valor de la mercadería y packaging, en el caso de ser EXW, ( En fábrica) o FOB ( que incluye los gastos hasta el aeropuerto), CIF ( Incluye los gastos hasta el aeropuerto, el flete internacional y el seguro de la mercadería). Es posible que en su país deba abonar tributos de importación como por ejemplo el IVA y los derechos correspondientes.

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