Deuda de IVA no reflejada en asiento cierre

Hola Santi:

Soy administrativa, aunque ahora desempleada, estoy repasando toda la contabilidad, intento actualizarme para no perder mis conocimientos, siempre he trabajado con soporte externo de asesoría, por lo que no soy experta.

La duda me surge respecto a un caso que me han planteado:

"Al comienzo del ejercicio, nos damos cuenta que estamos pagando un aplazamiento de IVA que no se encuentra en el cierre del ejercicio, se trata del 3T año anterior, pero éste sí se refleja en la cuenta 4759000"

¿cómo se debe contabilizar si no está reflejado?

¿se debería dar de alta como deuda este aplazamiento?

Un saludo

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No suelo contestar a ejercicios lectivos, no estoy para hacerle los deberes a nadie.

Ahora bien, en tu caso en concreto sí lo voy a hacer, atendiendo a tu condición de desempleada que busca no perder su profesionalidad.

La deuda ya la tienes reflejada en la cuenta 47590000, no tienes nada más que recoger. Evidentemente el aplazamiento conlleva el pago de intereses, intereses que contabilzarás, en cada pago, a su cuenta de gastos correspondientes.

Así lo veo yo.

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