Anular la amortización de un bien con su venta

Tenemos un vehículo cuyo importe en cuenta es de 13080,37 € y ha finalizado su amortización el diciembre del 2012. Tiene amortizado un valor de 12.966,39 €.

Mi jefe decide vender esa vehículo y lo hace por un importe de 3.630 €

Mi asiento sería:

3630 € (D) 430.

12966,39 € (D) 281.

13080.37 € (H) 218.

630 € (H) 477.

La diferencia sería perdida o ganancia pero según la gestoría a la que he consultado me dice que debo poner la anulación de la amortización en el haber y yo no lo entiendo así.

También me dice que la amortización debe ser igual al importe de compra y yo no sé porque que motivo no me coinciden dichos importes.

Por otro lado pienso que hecho de mi forma sería una ganancia pero no lo entiendo porque el vehículo está por un mayor importe.

¿Podría aclararme bien todo esto? Tengo que cerrar el año pero me falta hacer correctamente bien este asiento.

1 Respuesta

Respuesta
1

¿Has aplicado IVA a la venta? No parece que sea lo adecuado. Los vehículos tienen un tratamiento especial en el IVA, y normalmente se transmiten iva incluido. Eso que te lo aclare tu asesor.

Te queda un valor residual de unos 120 euros, que debe ser que el vehículo se compró a final de año, y te quedan unos días por amortizar. Pero da igual, el caso es que la diferencia entre lo cobrado (440 DEUDORES, no a clientes a menos que seas un compraventa de vehículos) y el valor contable neto debe ir a la cuenta 771 BENEFICIOS POR VENTA DE INMOVILIZADO, más o menos unos 2880 euros.

Al final, en la cuenta de amortización debe quedar a 0, y la cuenta de inmovilizado 218 también.

Da igual amortizar que no declarar beneficio en la venta, el resultado fiscal es el mismo. El caso es que determinados bienes deben quedar con un valor residual en inventario. Una máquina que cuesta 300,000 euros, al final de su vida útil debe tener como valor su venta como chatarra, eso de amortizar totalmente la compra, es según criterios. Cualquier bien inmovilizado, al finalizar su vida útil, tiene su valor residual, y eso debe ajustarse. Se amortiza el valor de compra menos ese valor residual.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas