Se consideran gastos desgravables aquellos que repercuten sobre tu negocio o actividad... Por ejemplo, si usas tu teléfono de siempre para o tu coche particular para temas de trabajo, puedes desgravar las facturas de teléfono y los tickets de gasolina sin ningún problema, siempre y cuando tengas los justificantes de dicho gasto (-Hacienda no los pide, pero en caso de una inspección, los necesitarás-)
No puedes incluir en esta desgravación la compra de vehículo, a menos que tu actividad esté relacionada con el transporte o el área comercial (representante, viajante, repartidor, etc), aunque si podrías desgravarla como gasto si la compra se hace mediante leasing o renting.
El tema de los seguros de salud, ya es otra cuestión, porque aunque te afecta a ti personalmente, no se considera que afecte a tu actividad laboral... Pero podrás desgravarlo en la declaración de la renta.
Aquí te dejo un articulo orientativo sobre qué cosas puedes desgravarte y qué cosas no... espero que te sirva de referencia. -Pincha aquí para verlo-
Un saludo y espero haber sido de ayuda... no olvides finalizar y puntuar esta respuesta si consideras que está todo aclarado...