Préstamo Familiar compra primera vivienda

¿Quiero comprar mi primera vivienda y mi padre me puede dejar 90.000?.
¿Es mejor que me preste solo parte y que la otra parte que necesito pida hipoteca o mejor que me preste el total y así no tener que pedir hipoteca?
Por lo que he leído, si hacemos un contrato ambos podemos desgravar ¿es mejor hacer un contrato privado o público? ¿Qué costes, aproximados, de notario puede tener?
¿Hay algún problema con poner un 0% de interés? ¿Hay algún inconveniente fiscal para alguno de nosotros?
Si sirve de ayuda resido en Valladolid y como ves estoy muy perdida en estos temas así que te agradecería tu ayuda.

3 Respuestas

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Realmente necesitaría más datos para darte una respuesta exacta, el que solicites financiación a una entidad financiera por el total o solo por parte puede depender de varios factores, cuanto te concede la entidad, dependiendo de tu declaración IRPF, podría ser interesante que tengas un préstamo hipotecario destinado a la adquisición de primera vivienda y que así quede registrado para poder desgravarte en tu declaración de la Renta y aunque no sea obligatorio que se instrumentalice en escritura publica, de cara a evitar posteriores incidencias con la Agencia Tributaria, es aconsejable, lo del interés al 0 % en principio si es un préstamo de tu padre no te interesa, ya que también te deduces por los intereses en el IRPF.
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Económicamente te será muchísimo más rentable que te preste todo el dinero, así te evitas todos los gastos de constitución de hipoteca, más los intereses del préstamo, más los gastos de cancelación de hipoteca cuando la pagues y canceles.
Podéis hacer un préstamo con un contrato privado entre vosotros, no hace falta que lo hagáis ante notario.
No obstante, si os decidís por el préstamo, habrá que presentarlo en hacienda. El coste es mínimo.
En el contrato tenéis que poner la cantidad que te presta, un plazo de devolución y la forma como se devolverá. Tienen que ser datos creíbles para hacienda, por lo tanto poner un plazo largo (ten cuidado, no se la edad de tu padre, no os paséis en el vencimiento) y una cuota pequeña. Incluso, en caso de que llegue el vencimiento de una cuota y no se la puedes pagar, debes hacer lo posible para que aparezca como pagada (ingresarle el dinero en la cuenta, y después él te lo devuelva en efectivo, sin que coincida en el mismo día la cantidad ingresada y el importe que se saca)
El tipo de interés aplicable puede ser cero%. Si se pactan intereses, tu padre los deberá declarar en su renta.
Incluso, podrías desgravarte en renta por las cantidades devueltas del préstamo.
El contrato de préstamo debe ser presentado en una Oficina Gestora del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Normalmente, estas oficinas están ubicadas junto, o dentro de los registros de la propiedad.
De todas formas, no estaría mal que te pases por una oficina del registro de la propiedad, preguntes por el empleado de hacienda y que te informe sobre los pasos a seguir (seguro que te informa perfectamente).
No te puedo contestar con exactitud, porque la gestión de estos impuestos están transferidos a las comunidades autónomas, y cada una tiene sus particularidades.
De paso pregúntale también por la posibilidad de que tu padre te haga donación de ese dinero (en caso de que no tengas más hermanos, y lo queráis hacer). Hay comunidades en las que no hay impuesto de donaciones para estos casos, o es muy bajo.
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En primer lugar.
Si debes comprar la primera vivienda tendrás que ver si estás o no en condiciones de poder pagar una hipoteca, si tienes recursos y con los recursos que tienes que capacidad de pago (devolución tienes), habría que estudiar tu situación patrimonial, tus nóminas, tipo de contrato que tengas, etc..., para saber cual sería el importe de hipoteca que puedes pagar sin agobios.
Por otro lado, el hecho de que tu padre tenga 90.000 euros supone una importante ayuda para comprar una casa, sobre eso hay dos versiones:
a) La primera, desde un punto de vista financiero siempre sería más interesante disponer de una hipoteca y guardar el dinero en metálico, piensa que las hipotecas pagan unos intereses de euribor + 2 a 3 puntos actualmente, lo que sitúa ese interés en tasas cercanas al 5%. Con 90.000 euros se pueden hacer inversiones más rentables y hacer que el dinero rente por encima del interés del dinero hipotecario, es decir, ganar dinero con el dinero en metálico que disponemos.
b) La segunda versión es la conservadora de la persona que no anda moviendo el dinero y que busca tranquilidad empleando el dinero para que la hipoteca quede en un mínimo que pueda pagar de una forma tranquila y sin agobios, pero claro, se queda sin dinero en metálico. Tener dinero ahorrado es importante ya que ante los imprevistos tenemos un recurso al que agarrarnos.
Así pues, es una cuestión de decisión personal. Yo sería partidario de la primera opción (soy un poco temerario y me gusta el riesgo) pero por otro lado, una opción mixta no estaría mal, es decir, guardar cierto dinero en metálico para imprevistos y destinar una parte a quitar presión de la hipoteca (eso para alguien más conservador puede funcionar).
Por otro lado, habría que estudiar todas las posibilidades que existen para la transmisión del dinero, hay varias fórmulas, una donación, un préstamo, una compra-venta conjunta del bien, son opciones que habría que estudiar en todos los casos para sacar cálculos precisos de que costes conlleva cada una de las opciones, tanto notariales como fiscales.
En este tipo de transacciones se requiere un estudio profundo y profesional que escapa a las posibilidades que brinda este foro. Si quieres que lo estudiemos desde un ámbito profesional no dejes de contactar conmigo en [email protected]

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