Ejecución hipotecaria

El tema es el siguiente, espero me podáis ayudar. Tengo una hipoteca al 50% con mi ex pareja, una hipoteca de 85000 euros. En su día firmamos ante notario un préstamo de 36000 euros que nos dejo el dueño de una inmobiliaria que nos iba a vender nuestra casa,( porque nos íbamos a cambiar de vivienda y nos hacia falta la paga y señal ), bueno total que en ese documento que firmamos con toda la ignorancia del mundo poníamos de aval nuestra casa y si en un año no se devolvía había unos intereses y tal... Bueno yo me he separado de mi pareja la vivienda no la hemos vendido y nos ha llegado una ejecución hipotecaria por no devolver ese dinero. Me han dicho que el piso se subastara, pero como no entiendo muy bien esto de las subastas me gustaría saber como funciona todo este tema.

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El procedimiento es el siguiente:
El proceso de ejecución generalmente incluye:
-El envío de una notificación de incumplimiento por el prestamista(banco), probablemente por correo certificado
-Un periodo de tiempo después de la notificación para pagar al prestamista la suma requerida para subsanar la mora y restablecer su préstamo
-La decisión del prestamista a proceder con ejecución bajo los remedios disponibles, los cuales pueden incluir:
Ejecución judicial a través de una demanda para obtener una orden de corte para vender la propiedad
Ejecución extrajudicial a través de procedimientos deletreados en su hipoteca (o escritura de fideicomiso) que permiten que un fideicomisario ejecuta la hipoteca y vende su propiedad sin una orden de corte
-Después del vencimiento del tiempo requerido, una notificación de un remate judicial por ejecución hipotecaria. Donde aparece cantidad de remate final donde se adjudicó su vivienda en subasta.
Si esta cantidad no cubre la deuda contraída, más intereses, gastos, etc... el prestamista irá contra nóminas o bienes susceptibles de embargo para cubrir toda la deuda.
Se esta cantidad cubre la deuda contraída, más intereses, gastos, etc... el prestamista (Banco) le devolverá la cantidad sobrante.
Gracias por contestar, solo quería una aclaración. A mi lo que me llego fue una cedula de notificación y requerimiento, me dijeron que tenia que pedir un abogado de oficio por si subastaban la vivienda no se hiciera a la baja. Es cierto que un abogado se hará cargo de eso, te agradecería que me aconsejaras, muchas gracias.
Si has recibido la cédula de notificación, tendrás un plazo, creo que son 10 días para abonar lo adeudado, intereses y costas.
En cuanto a lo del abogado, hay gente que lo solicita al colegio oficial de abogados de su localidad, un abogado de oficio cuando los ingresos económicos no sean superiores al doble del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, el IPREM. El cómputo anual en 2008 es de 7.236,60 euros, con lo cual la renta del solicitante no debe ser superior a 14.473,20 euros al año. Pero no para que la vivienda no se subaste a la baja, si no para defender tus derechos en todo el proceso. La vivienda saldrá a subasta por el valor que pone en escritura, en el apartado, valor de subasta y en su defecto por el valor de tasación, aunque suelen coincidir. Luego irá bajando, y como mínimo llegará al 50%, bajando de esta cifra se lo queda el banco. Aún así lo que no cubras con la subasta irán a embargarte lo que puedan, nóminas, bienes... etc.
Que la vivienda se subaste a la baja depende de si queda desierta en precio de salida y sucesivas bajadas. Que tengas un abogado podrá interponer apelación sobre ello si considera que el bien se está infravalorando. Por eso lo mejor es que busques un abogado de oficio aunque no es obligatorio, si es favorable a la defensa de tus derechos.
Hola una ultima cosa, hace ya un mes que me llego la cedula de notificación y fui al juzgado a intentar que me asignaran un abogado de oficio, y así poder parar la ejecución hipotecaria pero estas cosas ya sabrás como van, me pedían doscientos mil papeles y por un papel que me faltaban me lo han denegado. ¿Ahora no se si empezara a moverse la ejecución o que harán . en caso de que pase habrá un juicio o me llegara otra citación ...? ¿Puedo buscarme un abogado por mi cuenta? Y en caso de que pongan el piso en subasta, ¿mientras se subasta puedo tenerlo a la venta por mi cuenta? Muchísimas gracias
Pues una vez recibida la cedula de notificación y requerimiento pueden pasar dos cosas:
Que pagues la deuda, intereses y costas o que no pagues y se proceda a la subasta del bien hipotecado. Para ello tienen que mandarte una citación del día y procedimiento para llevar a cabo la subasta de la cual tienes que tener constancia que se va a realizar y en que forma.
Vamos, no soy abogado, pero viene siendo así. Un abogado te lo explicará mejor y defenderá tus derechos y te asesorará sobre alternativas si las hay e interpondrá apelaciones si cabe. Puedes buscar un abogado por tu cuenta o acudir, en vez de al juzgado, al colegio de abogados de tu provincia para ver si estás a tiempo de que te asignen uno.
En cuanto a si puedes tener el piso a la venta mientras sale la subasta, tengo entendido que sí. Es más si consigues un comprador para la vivienda antes del remate de la misma, esta puede acudir en calidad de pujador y quedarse con ella en un precio que estipuléis.
Sobre la vivienda recae una ejecución hipotecaria y está todo bastante avanzado por que te han hecho el requerimiento de pago por vía judicial. Aunque la casa es tuya, el comprador no asumirá la compra de una vivienda en esta situación, además de que el registrador tendrá la notificación del juzgado y de la situación de la vivienda.
Intenta lo del colegio de abogados por si estuvieses a tiempo de que te asignen uno de oficio. Si no, tendrás que buscar uno. En cualquier buffette de abogados puedes exponer el tema y como está la situación. Ellos te dirán las tarifas y que pueden hacer con tu tema.

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