Compra vivienda vpo

Espero que pueda responder mi pregunta o ayudarme:
Deseo comprar una vpo, de régimen general, de 2º mano. Tiene 3 años desde la entrega de llaves, la persona en cuestión la vende en menos de 10 años, comunicándoselo a la junta de andalucia por el motivo de divorcio, que parece que es uno de los motivos por el cual le dejan venderla, lo único que debería es devolver la ayuda de unos 12mil euros para que ya pueda disponer de ella y venderla sin problema, siempre a una persona que cumpla los requisitos de ela junta y venda esa vivienda a un precio máximo. Mis preguntas son:
El piso tiene 90mt2 útiles, con garaje y trastero, y dice que la junta le deja venderlo por unos 148000e, ¿echo el calculo más o menos me sale eso pero me gustaría confirmarlo?
Otra de la cosa es que le han respondido que si puede venderla, pero debe de abonar los 12mil euros de ayudas en unos meses, y no poseen ese dinero, están a la espera de venderlo a alguien o reservarselo para que den ese dinero de reserva para ese pago. ¿Seria fiable dar ese dinero como reserva para luego vendértelo? Siempre haciendo el papel de reserva con abogados. Y en caso de que luego de pagar la reserva no me la devuelva porque no quiere venderme el piso o otra cosa, ¿tendría derecho a la devolución de la misma sin aparentes problemas? Siempre hablo de venderlo, pero esos 12mil euros serian para poder pagar esa pequeña deauda que tienen de ayudas para que la junta le de el ok definitivo para la venta.
Y lo ultimo, de requisitos piden no tener vivienda anterior, estar empadronado en sevilla.. Etc, pero dice también de no superar el IPREM 3.5 o 4.5, como se realizaría el calculo ese ¿? He escuchado algo de la base imponible general y del ahorro... Pero poco más, si necesita cualquier dato para sacarlo se lo pasare
MUCHAS GRACIAS POR TODO, si no e es posible su contestación, ¿podrías pasárselo a otro experto para su contestación?

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L acuestión ma simportante en la consulta que me realiza es el permiso de venta. No hay Notario que participe en una venta de Vivienda de VPO que autorice la misma si no hay un certificado que autorice la venta. ¿Puede conseguirlo el vendedor? Si es así no le importará darle una copia.
La segunda, tiene que ver con su idoneidad como comprador. Este requisito se lo valida el organismo correspondiente. ¿Ha hecho la solicitud? Si no lo ha hecho, hágalo cuanto antes y la aprobación o no para comprar se lo hará la administración y no necesitará especular con ello.
Aún siendo usted idóneo, lo que suelen hacer los organismos oficiales es pasar el beneficio a alguien que esté en lista de espera. Para obviar ese trámite usted debe hacer la solicitud y debe ser aprobada por el organismo correspondiente.
Que haga usted un contrato privado sin tener una copia del certificado que autorice su venta en el precio correspondiente, es un suicidio, según mi opinión y hay un dicho popular que aplica muy bien a la situación, "más vale prevenir que curar".
Por favor, califique la consulta y fanlice la misma.
Muchas gracias
Unas dudas, para ver si soy apto o no, ¿debo de echar una solicitud en la propia junta de andalucia? Entones me dirán si puedo o no optar por ella, la junta no revende los pisos, se debe de encargar el vendedor de buscar un comprador, al contrario que hace emvisesa( empresa de vivienda vpo de sevilla ), que la recupera y tira de lista de espera, así que por ahí bien. Gracias.
El otro a ver si me explico bien. El precio máximo de venta permitido por la junta es de 148000e, eso lo sabe por lo que le ha dicho la junta ( son unos 1400e el mtr2 útil, tiene 90mt2 útiles el piso más garaje y trastero). El muchacho solicito a la junta "la autorización para disponer de una VPO antes de 10 años", hace unos meses, por motivo de separación. La tiene sellada con entrada en la delegación de vivienda, le respondieron con el supuesto ok por carta ( que le pediré una copia para verlo bien, también he solicitado una cita para solicitar información en la propia delegación de los tramites de esa vivienda ), pero le piden el ingreso de un dinero, 12mil euros que son de ayudas, antes de darle el ok definitivo. Ese dinero no lo posee, con lo cual quiere que lo pague el futuro comprador, a descontar luego al precio final. Se quiere hacer mediante una reserva del piso( en el cual se pondrá cantidad entregada en concepto de reserva a descontar del precio final que serán unos 121000e el precio de la vivienda), entre abogados de ambos y firmado. ¿Habría problema en caso de echarse atrás el y no pagar esa cuota a la junta? ¿Debería de devolverme el doble o dicha cantidad?
El certificado debe contemplar esos extremos. No he tramitado expedientes de descalificación en Sevilla, pero si en Madrid y la Comunidad Castellano Manchega.
La junta de Andalucia, le dará los pasos a formalizar por escrito. Obviamente si acude a un abogado, podrá indicarle si debe o no señalizar con la documentación en la mano.
Lo ultimo es:
En el párrafo anterior, al final, donde pone desde"ese dinero no lo posee... hasta el final" Si hay ese contrato de reserva, aunque luego no lo pague, podría echarse atrás, y si me debería de devolver el dinero, el doble etc...¿?
Después de eso ya responde todas mis dudas y te puntúo. Muchas gracias por la labor que haces a la gente que necesita ayuda, gracias!
Si usted da el dinero y el vendedor no lo paga, ya tiene usted dos problemas, no puede comprar el piso que quiere y recuperar su dinero. Cuando digo recuperar no significa que no tenga derecho a ello. Su contrato le habilitará según el contrato de reserva o señal, el problema es que se gaste el dinero. Por mucho contrato que diga que ha de devolvérselo, hace falta que el dinero este disponible.

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