¿Podrían embargarme en mi caso?

Quería comentarle mi caso para saber a lo que puedo enfrentarme y tener más idea de lo que mejor me vendría para tener las menos consecuencias posibles. Le comento, en su momento compre una vivienda con otra persona, con el tiempo tuve que dejar de pagar y la otra persona se desentendió de todo, Cuando paso un año y algunos meses el banco se autoadjudico la vivienda por importe inferior al que yo debía. Es decir debía 127.000€, el banco se quedo la propiedad por 90.000€, con lo cual con los gastos me dejaron una deuda restante de 45.000€ a nombre de las dos titulares en la que yo no he recibido ninguna información porque imagino que toda la información la mandarían a la dirección de dicha vivienda donde yo no vivo desde hace años. Mi pregunta es la siguiente, actualmente he encontrado un trabajo y no se hasta que punto puede afectarme dicha deuda, no se que es lo mejor que podría hacer en mi caso porque mi temor es que llegue algún embargo a la empresa y pueda tener consecuencias por ello. No se como funcionan esos temas, si en cuanto que vean que trabajo me embargaran de inmediado, si tengo alguna opción de llegar a algún acuerdo con el banco... En fin, me gustaría saber opciones posibles para saber lo que puedo encontrarme en mi caso.

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Este es un caso de rabiosa actualidad. Las consecuencias mas negativas que tendrá usted, es que le embargarán hasta cobrar la deuda total pendiente. Fueron dos personas pero la deuda es solidaria e indistinta.

La deuda pendiente no cubierta derivada de una adjudicación de la vivienda por importe inferior al valor de tasación en una ejecución hipotecaria, puede combatirse, pero hay que atenerse al caso concreto.

De momento, podría solicitar una Certificación de Cargas de la finca en el Registro de la Propiedad. De esta forma, usted puede saber si la vivienda se vendió a una empresa del grupo, a una familia, el importe de la compraventa, etc.

Puede dirigirse al Banco de España y solicitar la , lo que le permitirá saber porque deuda le tiene la Entidad de Crédito Publicado. Usted no volverá a pagar nada a plazos, ni una cafetera, hasta que liquide la deuda.

Una vez haga esta investigación, podrá determinar otras acciones a realizar.

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