Alcance de los embargos por subasta de vivienda hipote

Como continuación de la consulta que le dirigí ayer con el mismo titulo, le doy los datos que ayer no estaban en mi poder a fin de que me asesore sobre el asunto que nos ocupa.
Le transcribo los párrafos del acta de subasta emitida el 20 de octubre de 2009:
"... Y no compareciendo ningún licitador, se le concede a la parte ejecutante el plazo de veinte días afín de que, si le conviniere, solicite la adjudicación del bien objeto de la presente subasta por el 50 por 100 del valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, bajo apercibimiento que, en caso contrario, se pueda proceder al alzamiento de embargo, a instancia del ejecutado.
Por la Procuradora Sra. --------------- solicita la adjudicación de los bienes subastados, por la cantidad de 127.000, 00 euros, que supone el 50% del precio de salida fijado en el titulo publico que asciende a la cantidad de 254.600,00 euros. En calidad de ceder el remate a tercero, que es Fondo BBVA, R.M.B.S. F TA.
Terminada la presente, leída y hallada conforme, firma el concurrente conmigo. Doy Fe."
La última mensualidad pagada del préstamo fue en junio de 2008 por un importe de 1356, euros.(Interrumpí los pagos por pasar a la situación de desempleado, y no poder atender a los pagos con la a todas luces insuficiente prestación.
De entonces acá la deuda incorriente alcanza un importe de 15.680 euros. Y el total del préstamo pendiente hasta su amortización total ascendería a unos 211.000,00 euros aproximadamente.
Obviamente con estos datos entenderá que no me era posible acudir a la subasta para adjudicarme la vivienda y, aunque estoy trabajando desde hace unos meses, tampoco tengo la suficiente liquidez para haberme puesto al corriente de las cuotas impagadas y así detener el proceso de enajenación del piso.
Le ruego me indique con estos datos si hay posibilidad de que el Banco pueda embargarme la nómina, y de ser así, que porcentaje, y si como ya me indicaba en su anterior respuesta, puedo estar tranquilo en lo tocante a la posibilidad de que me embarguen otros bienes como vehículo, muebles, etc.
Caso de que el Banco pretendiera hacer algo de esto último le ruego me indique como he de actuar para evitarlo, si es que fuera posible.
Agradecido de nuevo por su amabilidad espero su pronta respuesta

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¿Le han notificado ya el auto de adjudicación por el 50%? Si no es así, prepare un recurso contra este auto, un recurso de Reposición. Este se hace contra el órgano que dicto el auto anterior.
Hay que intentar pedir la impugnación de la adjudicación, pues el fin último de la adjudicación en subasta es el cobro de la deuda del acreedor sin enoscabar la posición del ejecutado, que con este valor, no ha pagado todo lo que debía. El requisito legal del auto del juez obliga a que se pueda adjudicar por el 50% del valor de tasación, siempre y cuando este valor cubra la deuda "por todos los conceptos". Es obvio, que no se ha cumplido este requisito, ¿salvo qué el acreedor certifique que con 127.000? Se da por satisfecho y renuncia a seguir reclamando en el futuro por el mismo concepto.
De prioridad a esto, dado que si el juez lo estima, no tendrá que temer que le embarguen. Si no se preocupara, le pueden embargar la nómina (porcentaje depende de lo que ingrese), muebles no, vehículo si, etc..
De nuevo agradecidísimo por su respuesta que me ha ayudado muchísimo. Espero que aun lleguemos a tiempo de poder de alguna manera rematar con el menor daño posible este asunto.

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