Avalan los padres

Hola. Quisiera saber como resuelve el banco el caso de un hipotecado que no paga y al que avalaron sus padres. ¿Se queda con la casa hipotecada, la casa de los padres (avalistas) y aun se debe la deuda?

Aclaro que escribo desde España, así que hay que responder desde la legislación española.

Un saludo y gracias.

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Debes negociar con el banco y hablar mucho con ellos para llegar a un acuerdo y poder pagar las cuotas, trata de conseguir prórrogas, treguas temporales de ese modo podrás ganar tiempo para conseguir empleo o más dinero. Lo último que quiere el banco es llegar al embargo, situación bastante engorrosa, para ellos lo más fácil es cobrar dinero líquido.
Mira bien si realizaste un seguro con el banco ya que debería cubrirte (ojea la documentación de la hipoteca e infórmate bien, hay muchos hipotecados que en su día firmaron casi sin leer la letra pequeña y desconocen que contrataron un seguro para este tipo de situaciones).

En el hipotético caso que no hagas frente a los pagos tras múltiples avisos y meses alargando la situación y decenas de negociaciones con el cliente, y no tuvieras seguro, el banco embargará la nómina, cuentas bancarias, cuentas de ahorro, y propiedades del cliente (garajes, vehículos, terrenos, etc) para hacer frente al pago. Si estás desempleado y tienes una cuenta de pensiones puedes echar mano de ella (habla con el banco para que te ofrezca una solicitud que ellos mismos envían a la Tesorería de la Seguridad Social para desbloquear el plan de pensiones y poder sacar el dinero).

Si a pesar de todo no puedes hacer frente a la hipoteca, es entonces cuando el banco echa mano del avalista, empezando por avisarle que como avalista del hipotecado debe hacer frente de las cuotas y de nuevo pasa por la misma situación y negociación con el banco que con el cliente hipotecado, si el avalista tras todo el proceso que le he contado tampoco puede hacer frente con dinero líquido las cuotas de la hipoteca, será entonces cuando empiece a embargar (cuentas, propiedades, etc).

Pero siempre hay imaginación para evitar lo que todos tememos, el desahucio:

1. Venta del inmueble: es una de las opciones que tienen ante sí las personas que pasan por este difícil trance. La parte negativa es que el mercado inmobiliario está a la baja y sin visos de recuperación en los próximos meses, según algunos observatorios sobre el precio de la vivienda. Por tanto, de formalizarse esta operación de venta, perderían mucho dinero, ya que el precio que propongan los posibles compradores estará muy por debajo del de su compra. Se ha llegado incluso llegar a vender por la cantidad de la hipoteca, antes de ser embargada la propiedad del avalista. ¿Qué ha perdido todo el dinero invertido en la vivienda?, sí, pero no se ha embargado la vivienda, en su caso la de sus padres.

2. Negociación: se puede negociar o refinanciar la hipoteca con la entidad de crédito y tratar de conseguir un periodo de carencia o alargar el periodo de amortización -continuarán más años con la deuda, pero con cuotas más fáciles de llevar todos los meses-. Este planteamiento puede ser el punto de partida para una nueva relación con el banco, siempre que los afectados demuestren que disponen de ingresos regulares, ya que, de no ser así, el banco no podrá dilatar aún más el plazo de amortización.

3. Dación de pago: supone entregar la casa para saldar la deuda hipotecaria con el banco o caja de ahorros, siempre que haya una mora consolidada pero sin recuperar lo yaamortizado. Si bien esta opción no está contemplada en la ley, desde marzo de este año las entidades de crédito pueden llevarla a cabo si se acogen al "Código de buenas prácticas bancarias" aprobado por el Gobierno.

Aun asi, si lo que quiere es evitar perder la vivienda, los desahucios se paralizarán durante dos años en el caso de familias numerosas con menores de tres años, discapacitados y parados sin prestación.

Frena los desahucios de las personas más vulnerables, pero que no afecta al proceso de ejecución hipotecaria. Su planteamiento se basa en que las personas que están en esta situación puedan permanecer dos años más en la vivienda y que el desalojo no se produzca con la rapidez que se hacía hasta ahora. Este plan consta de dos medidas urgentes para paliar en lo posible los efectos de los desalojos que sufren los afectados:

1. Proteger a las personas desalojadas con una renta anual más baja, por debajo de 19.200 euros (contabilizando dos pagas extras). De esta manera, la fase final de este proceso se paralizará durante un periodo de dos años como máximo para personas que tengan los ingresos más bajos y que sean familias numerosas, con menores de tres años, incapacitados o dependientes, deudores en paro y sin prestación por desempleo o estar en supuestos de violencia de género.

2. Se creará un nuevo parque de viviendas sociales para las personas que se hayan quedado sin casa por esta circunstancia. Estas se ofrecerán bajo el régimen de alquileres económicos.

EN RESUMEN
1. Revisar si hay algún seguro
2. Exponer la situación a la entidad
3. Opciones ofrecidas desde los bancos (Refinanciar la deuda, nueva hipoteca con un tipo de interés menor, o mediante
un plan de pagos que se ajuste mejor a la nueva situación, Código de Buenas Prácticas Bancarias, Dación en pago, Dación con opción de alquiler)
4. Acudir a redes de apoyo y asesoramiento
5. Declararse en suspensión de pagos
6. Acogerse a la moratoria anunciada por el Gobierno
7. Alquilar o vender la vivienda

Hola. Aclaración muy buena, completa y actualizada incluso, pero sigo con la duda.

Si el hipotecado no puede hacer frente a los pagos se embargara la casa hipotecada, por tanto, ¿por que echan mano a la casa del avalista?

¿Para pagar la deuda pendiente, una vez hipotecada la vivienda del primero?

Un saludo

Un banco pide a un cliente avalista porque no tiene la suficiente garantía para ser totalmente solvente al 100% según la cantidad que preste.

La figura del avalista es la garantía del banco de poder seguir cobrando las cuotas. Es decir, si al que presto no me puede pagar, recurro al avalista que es quien garantizará el pago del préstamo.

Si se embarga la casa hipotecada y se echa mano de la casa del avalista es porque suponemos que la deuda contraída con el banco ha sido mayor que el importe de la casa hipotecada (en su día había muchos clientes que pedían hipotecas para comprar no sólo una vivienda, sino para un vehículo nuevo, un viaje, u otro bien). De todas maneras, en este caso esa misma pregunta deberías hacérsela al banco que es quien sabe las condiciones de la hipoteca y el proceso de embargo. Ellos te dirán el por qué.

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