Impuesto de sociedades
Si hemos realizaado unos ajustes debidos a unas diferencia entre la preliquidación del impuesto de sociedades y el pago del mismo en julio del siguiente año.
La regualrización del impuesto año anterior que figurara en las cuentas 679 o 769, ¿cuándo hagamos la preliquidación del impuesto de este año estos gastos o ingresos serán decucibles o no?
Gracias de antemano, me urge mucho
La regualrización del impuesto año anterior que figurara en las cuentas 679 o 769, ¿cuándo hagamos la preliquidación del impuesto de este año estos gastos o ingresos serán decucibles o no?
Gracias de antemano, me urge mucho
2 respuestas
Respuesta de dvarela
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Respuesta de nonick
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