Pagos al promotor + amortizacion

Mi duda es sobre en qué casilla del programa PADRE hay que poner los pagos realizados por la vivienda habitual al promotor antes de la entrega de la misma si el mismo año, posteriormente se solicita un préstamo y se va amortizando. ¿Es posible añadir los pagos del promotor a la amortización y ponerlo todo como financiación ajena? ¿O hay que poner los pagos al promotor en construcción?

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Debes poner cada cosa en su sitio.
Así los pagos que les hagas al promotor irán en el apartado "a la construcción" independientemente de que los tengas ahorrados o hayas pedido un crédito para pagarlos. Solo deberás indicar los importes pagados al promotor y en el caso de que hayas solicitado un préstamo (no hipoteca) no debes incluir las cuotas que pagues sino los importes que pagas al promotor. Los intereses del préstamo no desgravan si no son de hipoteca
En el apartado "con financiación ajena" incluirás las cuotas de la hipoteca que vayas pagando durante el ejercicio.
Recuerda que existe un tope de 9015 euros por declaración, y que todo el exceso de esos 9015 se pierde el derecho a desgravar.

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