Una Duda!

Hola de nuevo. En la gestión contable se me plantea este dilema:
"Una pizzería está en un local que es alquilado, pero éste ha tenido que ser reformado, con un coste total de 32100 euros + iva.
A la hora de contabilizar este gasto, ¿cómo sería más interesante fiscalmente, sobre todo por las amortizaciones?
-¿Cómo reparación y conservación del inmueble?
-¿Incluirlo en algún epígrafe del grupo 22 de inmoviliz. Materiales?
Saludos y gracias por la ayuda que prestas.

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Está claro que en principio a la empresa le interesaría contabilizarlo en una cuenta del grupo 6 como reparaciones para poderlo incluir como gasto en un ejercicio pero habría que ir a la realidad del asunto y si se trata de una reforma parece ser más bien un inmovilizado del grupo 2 que habría que amortizar.
Si el local es propiedad, la distinción para ver si es inversión o reparación sería ver si las obras lo que han hecho es añadir elementos nuevos o mejoras (inversión, grupo 2, amortización) o sustituir elementos antiguos o deteriorados por otros (reparación, grupo 6).

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