Impuestos y Fiscalidad naos el 16 ene. 06 Fiscal El recargo de mora en un recibo de autónomos es fiscalmente deducible Seguir Siguiendo Dejar de seguir 1 respuesta Respuesta de chak 0 0 chak Sí, es deducible. Debes contabilizarlo como un gasto financiero. el 17 ene. 06 - Anónimo ahora mismo Añadir comentario Usa los comentarios si quieres aportar algo a esta respuesta. No los utilices para preguntar algo nuevo. Cancelar Enviar