Ganancias patrimoniales
He recibido un tercio de una herencia de mis padres, ella falleció hace 30 años y él éste. ¿La notaria ha calificado el precio según administración (jcyl) correspondiéndome dicho tercio equivalente a 60000?. Mi hermano desea quedarse la vivienda y yo se la vendo por 66.000. De cara a la declaración del IRPF (ganancias patrimoniales) ¿Qué importe es el considerado para declarar? ¿Todo o la diferencia por la venta de ese tercio?. Queda aclarado que ha habido declaración del ISD y plusvalías con sel susodicho cambio de titulariad, momentánea en el registro ya que el propósito es hacer lo que denominan extinción de condominio.
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Respuesta de victor36
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