Exención por reinversión
Hola, el 12.12.06 compré una nueva casa en la que hice algo de reforma y me mudé en mayo de este año. Este mes he vendido la que era mi vivienda habitual hasta mayo. Como he vendido después de comprar, ¿el Banco me concedió un crédito puente además de una nueva hipoteca pero me exigió cancelar los 10.000? ¿Qué me quedaban de la antigua hipoteca.En el IRPF del 2006 me deducí por el capital e intereses de la hipoteca de todo el año e incluí los 10.000? Pero no puse nada de la compra de la nueva casa. En la Declaración del año que viene ¿cómo hago para hacer bien la exención por reinversión? ¿Se incluye en algún sitio el crédito puente que se cancela este mes con la venta? ¿Incluyo los gastos de la reforma? Y por último ¿dónde sumo o resto la nueva hipoteca que me dieron en diciembre? Muchas gracias
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Respuesta de binot
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