Impuestos compra parte indivisa local

En un inmueble tenemos varios locales
Despachos en alquiler, y uno de los depachos es propiedad de tres personas
ahora hemos comprado entre dos la parte
de la tercera `persona, y existe la dura
sobre un pago que hemos efectuado de los
impuestos, hemos pago el 7 % de 108.000 eu. Unos 7.560 eu. Esta cantidad es o se
puede desgravar, los tres somos sujetos
pasivos del pago del IVA. En a escritura
no se indica ningún impuesto.
encuentra Vd. Que el Notario debería de
Haber puesto algo más en la Escritura o
Esta todo bien.-
Gracias y un saludo cordial.

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Si los tres son sujetos pasivos del Iva, se podría haber estudiado realizar lo que se llama renuncia a la exención del Iva para que en vez de pagar ITP hubieran pagado IVa y se lo podrían deducir. Actualmente el ITP que han pagado no se deduce, aumenta el valor del inmueble y únicamente se podrá deducir vía amortizaciones del inmueble.
Solo preguntarle si existe alguna forma
Para que hagamos lo que usted nos indica
O sea rehacer la Escritura de Compra y
Venta, y solicitar la excepción del pago
Del IVA, ya que por falta de un buen asesoramiento el resultado esta a la vista.
Gracias y perdone las molestias.
Frantorras
La verdad es que ni hacienda ni las comunidades autónomas están por la labor de lo que me comentas.
El problema es el siguiente, se basan en una comunicación que debe hacerse y que es optativa por lo que si ustedes no la han ejercido es que no querían hacerlo. Nosotros tenemos casos en los tribunales y la verdad es que somos pesimistas. Creemos a día de hoy que es un caso perdido.
Lo siento

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