Cuenta vivienda

Hola, gracias por ayudarme.
Te expongo mi caso. Yo abrí una cuenta vivienda en diciembre de 2004 y me desgrave el máximo en el ejercicio 2004 y en el 2005. En julio de 2006 firmo un contrato de compraventa de una casa en construcción y pago 24.000 euros, 18.000 que tenia en la cuenta y 6.000 más que son los que me he desgrabado en el ejercicio 2006.
En el año 2007 no he pagado ninguna cantidad por la vivienda y hasta febrero de 2008 no firmare las escrituras y entonces pagare los 18.000 que me quedan.
La pregunta es: ¿Puedo aportar 9.000 euros a la cuenta vivienda ahora y desgrabarmelo en la renta de 2007?
Gracias por tu ayuda y consejo.

3 Respuestas

Respuesta
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Sí, si que puede continuar realizando pagos a cta en la cta vivienda y le serán deducibles totalmente hasta el máximo.
Piense que si hace anticipos al promotor, también serían deducibles, de una manera similar a la de la cuenta vivienda. Pero el límite conjunto es el mismo.
Respuesta
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Puedes aportar esa cantidad y desgravartela.
Respuesta
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Por supuesto que puede que hacerlo. Cualquier aportación que haga a la cuenta vivienda es desgravable. Tenga en cuenta que son compatibles las desgravaciones por depósitos en cuenta vivienda y aportaciones a viviendas en construcción, ¿con el límite global de los 9.015,18? Anuales.
Si está conforme con al respuesta, finalícela.

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