Venta de vivienda antes de 3 años...

Mi mujer y yo, vamos a solicitar el traslado a otra CC.AA (somos 2 funcionarios) en breve, con efecto a partir de Mayo.
Compramos un piso en 2005, pero viendo la situación del mercado inmobiliario decidimos empezar a vender a principios de 2007, pues si los precios de la vivienda bajaban (como parece que se está produciendo), podría darse la circunstancia de no poder cubrir la hipoteca y fastidiarnos los planes. Finalmente vendimos a mediados de 2007.
En los ejercicios 2005 y 2006, deducimos las correspondientes cantidades por adquisición de vivienda habitual.
Mi pregunta es si podemos alegar el traslado en 2008, para justificar la venta de 2007 y así no tener que devolver la comentada deducción.
Además he hecho cuentas y me sale una pérdida patrimonial de unos 5000 euros. ¿Cómo se compensan exactamente las pérdidas patrimoniales en el IRPF?.

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El traslado por motivos laborales es uno de los supuestos para evitar la permanencia de tres años con lo cual no tendrías que devolver las desgravacviones.
Así mismo la perdida patrimonial general tendrás que compensarlas con ganancias patrimoniales de la misma naturaleza (generadas en más de un año) de ese año y de los próximos cuatro.
Si en cuatro años no las generas lo pierdes.

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