Desgravación Nuevo préstamo Hipotecario

En el año 2004 Pedí un nuevo crédito hipotecario por 103.000 euros y cancele el anterior de 35.000 euros la cantidad de más la emplee en reformar la vivienda habitual. Desde entonces me he desgravado de la totalidad de lo pagado del préstamo. Mi pregunta es si debo seguir haciendo la declaración así o como debo presentar las siguientes declaraciones y también si puede pasar algo por hacerla distinta este año. En el programa padre meta el porcentaje que meta en el apartado %del préstamo que se destina a la adquisición no varía la cantidad a devolver ya sea un 100% o un 34%

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Si la ampliación de crédito es como dices del año 2004, no tendrás problema, el problema lo tienen los que han realizado ampliaciones desde el año 2005 en adelante, que es cuando los bancos la están declarando.
Si el préstamo es de ese año di que tienes el 100% dedicado a vivienda.
Aunque estos años me he desgravado el 100% el problema que veo es que en el borrador que me manda hacienda nunca figura este crédito y los datos fiscales que manda el banco dice posibles deducciones de la cuota por inversión en vivienda habitual, donde me pone fecha apertura 13-01-2004, capital concedido, capital amortizado, comisiones y gastos y modelo 181 No, si sigo haciendo lo mismo que otros años que problemas podría tener con hacienda, que hago.
Muchas gracias por tu anterior respuesta y te agradecería me contestaras estas dudas.
¿No dices que el crédito del 2004 canceló uno del año anterior?
¿Por qué el banco no lo declara como crédito hipotecario? Si lo hiciese así aparecería en los datos fiscales.
¿No aparece ningún préstamo en los datos fiscales?
Si no tienes imputaciones de préstamo con destino a hipoteca sí podrás tener problemas con hacienda, te pueden llamar para que lleves las escrituras y justifiques el destino del pago del préstamo que te desgravas como hipotecario y que el banco no lo califica como tal.
He llamado a mi banco y me comentan que efectivamente ellos no lo comunican a hacienda como préstamo hipotecario, ya que fue una ampliación y me dicen que legalmente no quiere decir que el anterior préstamo este cancelado. Que lo legal sería que me desgravara el % de lo que realmente empleo en la cantidad que me quedaba por pagar cuando amplíe la hipoteca por si hacienda me pide las escrituras. De todas formas ponga el % que ponga me sale la misma cantidad a devolver en el programa padre y en la rectificación del borrador.
¿Qué hago?. Muchas gracias por contestarme.
P.D. Que podría pasar como mucho si lo estoy haciendo mal
Podría pasar que hacienda le calculase el % correcto, que le incluyesen sólo esa cantidad como deducción en vivienda y por la diferencia de la liquidación provisional que le efectuasen y la su declaración, podría tener una sanción aproximada de 150 euros, que se podría quedar en 75 si no la recurre.
Ya para terminar y no queriendo ser pesado supongo que esto me repercutiría en los tres años anteriores que me he desgravado lo que la sanción sería mayor y debería pagar lo desgravado incorrectamente.
Un saludo y muchas gracias de antemano pues se me esta aclarando todo el lio que tenía
Hombre, la verdad es que depende del funcionario que le revise la renta, hay algunos que sí miran lo que pasó en años anteriores y otros con liquidar el ejercicio que se está revisando lo dan por bueno.
Es como suele decirse, una lotería.
He hablado personalmente con alguien de hacienda y me ha dicho lo mismo, que en tu ultima respuesta. Lo que no entiende es porque esta caja en concreto bancaja no lo informa a hacienda con el modelo 181, cuando en la información de todas las cuentas que tengo con ellos a través de internet cuando accedo a mis cuentas dicho crédito me figura como crédito hipotecario. Creo que voy a seguir así, no se si acierto o no pero cuando hice esta ampliación me dijeron que no tendría ningún problema que lo hacia todo el mundo, ahora creo que me engañaron. No hay marcha atrás.
Muchas gracias por todo me has sido de gran ayuda, si crees que debería hacer otra cosa dímelo.

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