Cesión de derechos en contrato de compraventa

Te comento mi situación. Hace dos años firmé un contrato privado de compraventa con la promotora de unos pisos bajo plano por valor de 300.000 Euros. A día de hoy he pagado el 20% del piso, es decir, 60.000 Euros.
Cuando compré el piso no tenía novia, pero ahora sí y quiero escriturar a nombre de los dos. He llamado a la promotora para comentar el tema y me han dicho que la forma de hacerlo es cediendo el 50% del contrato de compraventa a mi novia y que hay que pagar el impuesto transmisiones patrimoniales.
Quería saber si eso es así.
Suponiendo que tengo que pagar el ITP y que le quiero ceder el 50%, también quería saber si el ITP a pagar es sobre la mitad del valor total del piso (150.000Euros) o sobre la mitad de lo que ya he pagado (30.000Euros).
He comentado a la promotora la posibilidad de rescindir de mutuo acuerdo el contrato de compraventa y realizar otro en los mismos términos que el primero pero a nombre de mi novia y mio. Me han contestado que en ese caso ellos tendrían que hacer una baja y un alta del contrato de compraventa y al estar mi nombre tanto en el alta como en la baja del contrato podría haber problemas con hacienda.
¿Qué me aconsejáis para que mi novia se ahorre el ITP?.

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Respuesta
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Es correcto deberás cederle mediante escritura de compraventa la mitad de la casa, Los gastos son los de notario, registro, gestoría y hacienda (ITP y IIVTNU). Más concretamente el ITP es el 7% del valor TOTAL de la casa y lo tendrá que pagar tu novia.
Hay otra posibilidad que yo he hecho a varios clientes que estaban en tu situación. Solo hace falta un acto de fe de tu novia.
Cuando escrituréis la hipoteca la ponéis a nombre de los dos, la hipoteca me refiero, siendo la titularidad de la casa solo tuya, el notario le repetirá hasta la saciedad a tu novia que esta escriturado la mitad de la hipoteca mientras que la titularidad de la casa es solo del varón.
Lo hacéis de esta forma y cuando os caséis o os hagáis pareja de hecho, evidentemente en régimen de bienes gananciales, hacéis también ante notario una APORTACIÓN A LA SOCIEDAD DE GANANCIALES. De la mitad de la vivienda, este forma de hacerlo tiene la ventaja de que el ITP y el IIVTNU están exentos para tu novia así que solo tendríais que pagar al notario.
¿Tienes qué tener en cuenta que es pago de ITP te supondría 10500? Aprox.
Acuerdate de puntuarme.
Hola, muchas gracias por la respuesta y por la rapidez en hacerlo. Solo una cuestión más antes de puntuarte espléndidamente:
  Hacerlo como tú dices tiene el peligro que si antes de casarnos nos separamos, a mi novia no le corresponderá nada del piso, aunque esté en la hipoteca al 50%. Si vendo el piso el 100% del dinero de la venta será para mi. Creo que eso es así, ¿no?. Ella está pagando hipoteca pero no tiene ningún derecho sobre el piso. Eso no le va a gustar...
   ¿No ves ninguna posibilidad de que se pueda hacer dando de baja el actual contrato y haciendo uno nuevo a nombre de los dos?. Supongo que en ese caso yo tendría que devolver a hacienda lo que me he desgravado por el pago del anterior contrato.
   Gracias y un saludo
Por eso te he dicho que es fundamental que tu pareja haga acto de fe, cosa que reconozco, y más en los tiempos que vivimos, es bastante complicado.
No existe ninguna posibilidad económica de hacer lo que me comentas. En cualquierncaso deberías pagar el ITP
Una pregunta:
¿Has escriturado ya?
No, aun no hemos escriturado. Están terminando los pisos y nos han dicho que en tres meses será la finalización de obra y escrituraremos. Por eso te decía que lo que debo hacer es una cesión de derechos del contrato de compraventa que está a mi nombre. Y la única solución que se me ocurre es rescindiendo ese contrato y haciendo uno nuevo.
Respóndeme para poder puntuarte y finalizar la pregunta.
Muchísimas gracias.
Si, entonces intentalo, pensé que ya habías escriturado, claro que se puede rescindir el contrato, es más le puedes poner anexos. Explicando tu nueva situación.
Perdona que abuse de tu tiempo, pero una última pregunta:
  Ahora mismo en el contrato de compraventa estoy yo solo con una participación del 100%. ¿Se puede incluir un anexo modificando esa parte del contrato donde haga constar que estamos mi novia y yo con una participación del 50%?. ¿Si hago eso no hay que pagar el ITP?
   Muchísimas gracias.
Deberías preguntar a la gestión de tributos de tu comunidad autónoma, por que en mateeria de ITP cada una funciona a su manera, Yo entiendo que al no estar escriturada no da lugar la liquidación de ITP, ya que solo se trata de una modificación de contrato.

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