Se trata de una persona que compra su vivienda habitual estando soltero. A los dos años se casa en r

Se trata de una persona que compra su vivienda habitual estando soltero. A los dos años se casa en régimen de gananciales. A los 9 años venden la vivienda habitual y compran ese mismo año otra vivienda habitual.
En la declaración de la renta de ese año, el cónyuge que era titular de la vivienda, declara él sólo el incremento de patrimonio por la venta de la vivienda y la exención por haber reinvertido todo en la nueva vivienda.
Hacienda dice que no es correcto pues debía de haber declarado sólo la mitad de lo obtenido pues se trataba de un bien ganancial y en consecuencia, sólo podía reinvertir la mitad de lo que declaró que había invertido (menos el importe sobre el que se ha solicitado ahora un préstamo hipotecario). Le giran un liquidación disparatada.
Si esto es así, en teoría, el otro cónyuge que no era titular de la vivienda ¿también debía de haber declarado el incremento patrimonial de la venta pues se considera que al ser gananciales la mitad de la vivienda era suya desde el matrimonio y asimismo declarar la reinversión de lo obtenido en la nueva? Se supone pues, que tal cónyuge no titular ha ido reinvirtiendo la mitad de la hipoteca en la primera vivienda desde que se casaron.
En consecuencia, la mitad que no le deja Hacienda reinvertir al cónyuge titular, debe dejarle que el cónyuge que en su día no se declaró nada (ni venta ni exención) lo pueda hacer ahora. Lo digo porque saldría, entiendo, una liquidación menor que la que ahora dice Hacienda.
Si todo esto fuera así, y respecto del cónyuge titular de la vivienda, se considera a estos efectos que la vivienda es un bien privativo desde que la compró de soltero hasta que se casó, y después sólo le corresponde la mitad, hasta que la vende.
No sé si me he explicado bien.

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En tu caso creo que tu tienes la razón.

Si la vivienda la compraste antes de casarte es un bien privativo tuyo. Aunque después la vendas, la ganancia patrimonial siempre será toda tuya. Todo ello siempre que no hubieras aportado la vivienda a la sociedad de gananciales (algo así como venderle la mitad de la vivienda a tu mujer).

A la hora de la reinversión, ten en cuenta que es como si tu solo hubieras comprado media casa, por lo que descontada la nueva hipoteca tienes que haber reinvertido todo.

La alegación de hacienda es muy sencilla. Preséntales la escritura de propiedad de la antigua vivienda para demostrarles que era tuya. Presenta también el libro de familia para que vean que el matrimonio e posterior.

Gracias por la explicación.

En este caso, como no existe escritura de aportación del bien privativo a la sociedad de gananciales, y al tratarse de la vivienda habitual, ¿no se puede deducir que el bien es ganancial según el Código Civil? ¿y se podría aportar que la cuenta bancaria desde la que se ha pagado el préstamo hipotecario era común de ambos cónyuges? Todo ello para acreditar que en realidad la ganancia obtenida por la venta de la vivienda habitual debería haber sido declarada por ambos al 50% y por ende, la reinversión en la 2ª vivienda también al 50%.

Lo que quiero dejar claro a Hacienda es que todo lo obtenido por la venta de la primera vivienda se ha reinvertido en la nueva y así la ganancia está exenta, pero Hacienda dice que la ganancia obtenida es toda del marido pero nada más que le deja reinvertir la mitad. Creo que no es lo correcto.

Según mi teoría ambos cónyuges deberían declarar la ganancia obtenida por la venta de la casa; el marido desde que la adquirió hasta que se vende, y la mujer desde que adquirió el 50% al ser aportada la misma a la sociedad de gananciales hasta igualmente la fecha en que se vende.

He hecho la prueba y sale una liquidación muchísimo más favorable que la que ahora le giran al marido.

Gracias de antemano.

No se si me ha quedado claro.

Si la vivienda estaba a nombre de uno antes de casarse, la ganancia es solo de esa persona. La única forma de que al venderla fuera de los dos es que antes de la venta se aportara a la sociedad de gananciales y para ello tiene que hacerse ante notario y llevarlo al registro de la propiedad.

Recuerda que si el bien era anterior al matrimonio es privativo, y aunque la otra parte viva en él (residencia habitual) siempre será privativo. Cundo lo vendes la ganancia es de esa persona solo ya que como el bien es privativo también lo es la ganancia.

Aunque al estar casado en gananciales los rendimientos son de los dos, hay excepciones, como el caso de bienes anteriores al matrimonio.

Que tu pagaras la hipoteca también es tu problema, para hacienda la vivienda y la deducción era toda de tu marido, y por ende, al vender la vivienda toda la ganancia era de el.

Viendo los nuevos datos que me das creo que no vas a tener razón y que hacienda puede estar en lo cierto.

Si quieres mandame los datos y te lo comento numéricamente (coste primera vivienda, hipoteca, precio venta, coste segunda vivienda e hipoteca).

Recuerda, si la vivienda es anterior al matrimonio la ganancia es dolo de él.

Te agradezco tus respuestas. Las alegaciones ya las he presentado con mi teoría pues vencía el plazo. A esperar resolución, toca.

Saludos.

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