Declaración de la renta
Tengo una duda en interpretar lo que dice el manual de la IRPF. Si tienes alquilado un piso dice que se consideran gastos deducibles los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos :
1. Intereses y demás gastos de financiación de los capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del bien, derecho o facultad de uso o disfrute así como, en su caso, de los bienes cedidos con el mismo.
¿Quiere decir que se puede deducir como gastos los intereses de la hipoteca? ¿Sino a que gastos de financiación se refiere?
1. Intereses y demás gastos de financiación de los capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del bien, derecho o facultad de uso o disfrute así como, en su caso, de los bienes cedidos con el mismo.
¿Quiere decir que se puede deducir como gastos los intereses de la hipoteca? ¿Sino a que gastos de financiación se refiere?
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Respuesta de guasquira
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