Fiscalidad segunda hipoteca reforma

Buenas tardes, en el año 1995 compré una vivienda en Valencia para residencia habitual y pedí un crédito por valor de 7.000.000 pts. Durante un plazo de 20 años. Desde entonces me estoy desgravando las cantidades satisfechas por hipoteca. Me quedan 20.000 euros por pagar.
En octubre de 2008 pedí un nuevo préstamo y constituí una segunda hipoteca para la rehabilitación de mi casa (50 años de antigüedad) por valor de 42.000 euros. Actualmente estoy pagando los dos créditos hipotecarios.
Mi pregunta es:
- Al hacer la declaración del 2008:
1) ¿Los gastos generados por la apertura de la nueva hipoteca son deducibles? En caso afirmativo, ¿cuáles?
2) Los gastos de la reforma: materiales... ¿son deducibles? En caso afirmativo, ¿cuáles?
3) ¿Me puedo desgravar las dos hipotecas?
Muchas gracias.
Respuesta
1
Los contribuyentes solo podrán aplicar deducción por este concepto si las obras citadas cumpliesen alguno de los siguientes requisitos:
a) Ser calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación según Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan EStatal 2005-2008, para faforecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.
b) Tener por objeto la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y tratamiento de estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas siempre que el coste global de las obras exceda del 25% del precio de adquisición si esta se hubiera efectuado en los 2 años anteriores a la rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado de la vivienda en el momento de dicho inicio.
A partir de 1.1.2008, a estos efectos se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.
Gracias por la respuesta, pero no me ha quedado claro si los gastos de la segunda hipoteca me los puedo deducir o no.
Cuando dices rehabilitación ¿a qué te refieres?
Si tu respuesta es cambiar la cocina, los baños, el parqué, pintar la casa ... etc... entonces Hacienda no permite desgravar estos gastos como inversión en vivienda habitual.

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